ORDEN de 30 de marzo de 2004, de la Consejera de Cultura, por la que se adapta, para su aplicación durante el ejercicio 2004, la Orden del año 2003 por la que se regula la concesión de subvenciones a la consolidación y afianzamiento del uso del euskera en los medios de comunicación, así como a facilitar la viabilidad de los proyectos de los...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyOrden

Ilmos. Srs.

Presidente

D. RAFAEL LIS ESTEVEZ

Magistrados

Dª. ESTHER GONZALEZ GONZALEZ

D. JESUS GONZALEZ OLIVEROS, suplente.

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 2 de diciembre de 1.998, en los autos del procedimiento civil, J. Ejecutivo, numero 212/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Zamora, y promovido entre las partes, de una como Apelantes Z.M. S.A, A.F.F. y C.M.C., Demandadas en el procedimiento cuya representación ostenta el Procurador de los Tribunales. Sr. Robledo Navais, y bajo la dirección del Letrado Sr. del Valle Manteca, y de otra como Apelado, Banco Santander Central Hispano S.A. Demandante en el procedimiento ejecutivo, representado en esta Instancia por el Procurador de los Tribunales Sr.Domínguez Toranzo y bajo la dirección del Letrado Sr. Bahamonde Malmierca, sobre J. Ejecutivo.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia de primera instancia

PRIMERO.- En los autos de los que este Rollo trae razón, por el Juzgado de Primera Instancia de Zamora nº 2, en fecha 2 de diciembre de 1.998, se dictó sentencia, cuyo fallo textualmente dice."Que estimando la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales Sr. Domínguez Toranzo en nombre y representación del Banco Central Hispanoamericano, S.A. frente a Z de M, S.L., Don A.F.F. y Doña Mª del C.M.C. debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados para con su producto hacer entero y cumplido pago al actor de la suma de 6.201.453 Pts. De principal, gastos de devolución e intereses bancarios pactados hasta el 26 de mayo de 1998, más otros 3.000.000 Ptas que sin perjuicio de su posterior liquidación se calculan para intereses pactados a partir del 26 de mayo de 1998, gastos y costas los cuales se imponen a los demandados."

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, por la parte ejecutada se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que las actuaciones fueron elevadas a esta Sala, previo emplazamiento de las partes, y como estas se personaron ante ella en tiempo y forma, se las tuvo por comparecidas, y se les entregaron aquellas para instrucción, por termino de diez días a cada una, y unavez evacuaron dicho tramite, se pasaron por igual termino, y con la misma finalidad, al Magistrado Ponente, una vez cumplido dicho tramite se señalo día para la vista del recurso, que tuvo lugar en el día 24 de noviembre de 1.999, con la...

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