ORDEN de 11 de mayo de 2004, del Consejero de Sanidad, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden por la que se convocan ayudas para trabajos de investigación comisionada sobre determinados temas en materia de evaluación de tecnologías y de servicios sanitarios.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de mayo de 2004, del Consejero de Sanidad, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden por la que se convocan ayudas para trabajos de investigación comisionada sobre determinados temas en materia de evaluación de tecnologías y de servicios sanitarios.

Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 317/2003, de 23 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y Organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2004.

En el ejercicio 2003, se dictó la Orden de 24 de junio de 2003, del Consejero de Sanidad, por la que se convocan ayudas para trabajos de investigación comisionada sobre determinados temas en materia de evaluación de tecnologías y de servicios sanitarios, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, núm. 137, de 14 de julio de 2003, por lo que procede la adaptación de los plazos y condiciones necesarios para la aplicación de la referida Orden durante el ejercicio 2004.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1 ? Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo depresentación de solicitudes para acceder a la Convocatoria de ayudas establecida por Orden de 24 de junio de 2003, por la que se convocan ayudas para trabajos de investigación comisionada sobre determinados temas (que para el corriente ejercicio se concretan en el Anexo I de la presente) en materia de evaluación de tecnologías y de servicios sanitarios en el ejercicio 2004 será de un mes, a partir de la entrada en vigor de esta Orden.

Artículo 2 ? Solicitudes y documentación a presentar.

Las personas solicitantes de las ayudas a las que se refiere la presente, deberán dirigirlas, conforme al modelo que se incluye como Anexo II en la presente Orden, junto con la documentación exigida a la Dirección de Planificación y Ordenación Sanitaria,bien directamente, bien en las demás formas indicadas por el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3 ? Recursos económicos.
  1. ? Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, la cantidad de 179.737 euros, de los cuales 29.713 euros se comprometen para el 2005, con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generalesde la CAPV.

  2. ? El importe total consignado en este artículo podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Sanidad y con carácter previo a la Resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Sanidad.

Artículo 4 ? Resolución.

Transcurridos seis meses desde que la presente Orden comience a surtir efectos sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se podrán entender desestimadas, a los efectos de lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.? Contra la presente Orden, que agota la víaadministrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

Segunda.? En todo lo no previsto en la presente Orden será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Tercera.? La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de mayo de 2004.

El Consejero de Sanidad,

GABRIEL M.ª INCLÁN IRIBAR.

ANEXO I

LISTADO DE TEMAS PARA INVESTIGACIÓN COMISIONADA

  1. ? ABORDAJE DEL DOLOR CRÓNICO EN EL MEDIO HOSPITALARIO EN LA CAPV. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS UNIDADES DE DOLOR. EFECTIVIDAD DE LOS TRATAMIENTOS.

    Objetivos:

    ? Conocer las características de las unidades de dolor hospitalarias y de otras alternativas organizativas existentes.

    ? Conocer y comparar los protocolos y guías utilizados en el tratamiento del dolor en la CAPV.

    ? Conocer la seguridad y efectividad de las alternativas terapéuticas.

    ? Proponer recomendaciones de práctica clínica teniendo en cuenta los aspectos organizativos y de equidad en la prestación.

    Métodos:

    ? Análisis de la práctica clínica actual en los centros sanitarios de la CAPV en cuanto a sistemas organizativos y alternativas terapéuticas.

    ? Revisión sistemática de la literatura científica sobre la seguridad y efectividad de los tratamientos del dolor.

    Sugerencia de composición del grupo:

    Grupo multidisciplinar y multicéntrico que cuente con especialistas en anestesia, medicina interna, UCI, oncología y enfermería con el apoyo metodológico de especialistas en epidemiología, evaluación o investigación.

    Producto final esperado:

    Recomendaciones basadas en la evidencia y en el consenso de los profesionales yactores implicados sobre las alternativas terapéuticas y organizativas adecuadas al contexto de la CAPV en el manejo del dolor.

  2. ? PREVENCIÓN SECUNDARIA Y

    SEGUIMIENTO DE PACIENTES CON INFARTO AGUDO DE MOCARDIO Y ANGINA

    INESTABLE EN LOS DIFERENTES NIVELES ASISTENCIALES.

    Objetivo:

    Conocer la situación de la prevención secundaria y del seguimiento y proponer medidas de mejora en la CAPV de los pacientes con infarto agudo de miocardio y angina inestable.

    Método:

    ? Estudio de la situación dela prevención secundaria, el seguimiento y la coordinación interniveles en el infarto agudo de miocardio y la angina inestable.

    ? Síntesis de la información disponible sobre los mecanismos de coordinación entre niveles asistenciales.

    ? Revisión sistemática de la literatura científica sobre la efectividad de intervenciones de prevención secundaria en el manejo del infarto agudo de miocardio y la angina inestable.

    ? Revisión sistemática de la literatura científica sobre la efectividad de las intervenciones dirigidas a mejorar la coordinación entre niveles asistenciales.

    Sugerencia de composición del grupo:

    Grupo multidisciplinar y multicéntrico que cuente con especialistas en cardiología, medicina preventiva y salud Pública, medicina familiar y comunitaria, enfermería, cirugía cardiovascular y medicina interna.

    Producto final esperado:

    Informe de síntesis de la situación de la coordinación entre niveles. De acuerdo con el conocimiento disponible sobre la situación de la CAPV, recomendaciones sobre qué intervenciones podrían ponerse en marcha para mejorar la coordinación. Informe de evaluación con recomendaciones para la práctica clínica que aborde la prevención secundaria y la coordinación interniveles del IAM y la angina inestables en la CAPV.

  3. ? EFECTIVIDAD DE LOS TRATAMIENTOS EN EL CÁNCER DE PULMÓN EN ADULTOS Y ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN DE PROTOCOLOS EN LOS HOSPITALES DE LA CAPV. ELABORACIÓN DE RECOMENDACIONES.

    Objetivo:

    ? Conocer la seguridad y efectividad de los tratamientos del cáncer de pulmón.

    ? Conocer el manejo de esta enfermedad y el uso de protocolos en los hospitales de la CAPV.

    Método:

    ? Revisión...

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