RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2004, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Resolución por la que se convocan cuatro becas para la formación e investigación en el campo de la Administración Pública.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; IVAP
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2004, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Resolución por la que se convocan cuatro becas para la formación e investigación enel campo de la Administración Pública.

Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 317/2003, de 23 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y Organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2004.

En el ejercicio 2003, se dictó la Resolución de 12 de mayo de 2003, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convocan cuatro becas para la formación e investigación en el campo de la Administración Pública, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 121 de 20 de junio de 2003, por lo que procede la adaptación de los plazos y condiciones necesarios para la aplicación de la referida Resolución durante el ejercicio 2004.

Por consiguiente

RESUELVO:

Artículo primero ¿ Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para acceder a la Convocatoria establecida por la Resolución de 12 de mayo de 2003, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convocan cuatro becas para la formación e investigación en el campo de laAdministración Pública, en el ejercicio 2004, será de 32 días naturales contados desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo segundo ¿ Objetivo.

Las becas tienen por objetivo el ofrecer formación complementaria en el campo de la Administración Pública a titulados universitarios.

Para ello, el becario deberá realizar un trabajo de investigación sobre un tema a su elección, relacionado con el derecho público y la administración yfunción públicas, siendo las áreas de investigación prioritarias las siguientes:

  1. ¿ Legislación relativa a la protección de datos de carácter personal y su aplicación a la administración pública: posibilidades y dificultades.

  2. ¿ Consultas populares en la administración local: teoría y práctica.

  3. ¿ Grandes ciudades: aplicación de las novedades legislativas en la materia a las administraciones locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  4. ¿ Planificación de servicios públicos: metodologías y experiencias administrativas.

Artículo tercero ¿ Destinatarios.

Las becas van dirigidas a aquellos que hayan finalizado sus estudios académicos en junio de 2000 o en períodos posteriores y que acrediten poseer una de las titulaciones siguientes:

  1. Para realizar trabajos de investigación relativos a los ámbitos número 1, 2 y 3: Licenciatura en Derecho, Sociología o Ciencias Políticas.

  2. Para realizar trabajos de investigación relativos al ámbito número 4: Licenciatura en Derecho, Sociología, Ciencias Políticas, Ciencias Económicas o Ciencias Económicas y Empresariales, o Ingeniería en Organización.

Artículo cuarto ¿ Recursos económicos.

Se destina al objeto de las becas al que se refiere la presente Resolución, durante el corriente ejercicio 2004, la cantidad de cuarenta y un mil setecientos veinte euros (41.720 euros), con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAPV.

La cuantía de cada una de las becas será de nuevemil ciento ochenta euros (9.180 euros)

Asimismo los becarios podrán solicitar autorización para asistir a cursos y seminarios relacionados con el tema de su trabajo, no pudiendo exceder la cuantía de los gastos derivados de los mismos abonables a cargo del Instituto de un total global de 2.000 euros en el año 2004 y de un total global de 3.000 euros en el año 2005. La autorización de la asistencia a tales actividades se realizará por orden de presentación de solicitudes.

Artículo quinto ¿ Duración.

La duración de las becas será de nueve meses a partir del día de la toma de posesión, que deberá tener lugar en los primeros días del mes de octubre de 2004.

Los becarios deberán presentar, al vencimiento de cada período de mes y medio, una memoria relativa al estado del trabajo que deben realizar. Presentada dicha memoria y aprobada por el tutor, se abonará al becario la cantidad de 1.530 euros.

Artículo sexto ¿ Adaptación de plazos.

Al objeto de la presente convocatoria, las referencias que en la Resolución de 12 de mayo 2003 se efectúan al...

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