DECRETO 101/89. de 11 de Abril. por el que se procede al levantamiento y al abandono de la explotación del Ferrocarril de Zumárraga a Zumaia (F.C. del Urola)

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas; Transportes y Obras Publicas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 101/89. de 11 de Abril. por el que se procede al levantamiento y al abandono de la explotación del Ferrocarril de Zumárraga a Zumaia (F.C. del Urola)

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 1986 se acordó la integración del servicio y de los bienes, derechos y obligaciones del Ferrocarril del Urola en la Sociedad Eusko

Trenbideak/Ferrocarriles Vascos S.A., con objeto de mantener la explotación de aquél en todo su recorrido.

Simultáneamente. se encomendó a la Sociedad la realización de programas de inversión y la toma de medidas organizativas, administrativas y de gestión precisas para reparar las reducidas calidad del servicio y rentabilidad de la línea.

La política de saneamiento fue completada con la supresión mediante

Decreto 175/86 del ramal comprendido entre Zumaia empalme a Zumaia

Puerto P.K. 34.6976 al P.K. 86.6504 y con la aprobación por el

Gobierno Vasco de un Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma en materia de Ferrocarriles.

Atendiendo a las recomendaciones del citado Plan y a que, pese a las medidas de saneamiento adoptadas no resulta ni social ni económicamente viable la explotación de la citada linea del

Ferrocarril, resulta oportuno, en continuación de las acciones, prácticamente materializadas, ordenadas por el Gobierno Vasco mediante Acuerdo de 2 de febrero de 1988, el levantamiento de la misma y la suspensión del servicio, iniciándose al mismo tiempo la apertura de un proceso de investigación de los bienes y derechos a que afecta la medida, con el fin de determinar los que han de ser desadscritos de la explotación del servicio público ferroviario encomendado a Eusko Trenbideak/Ferrocarriles Vascos S.A., y posteriormente dispuestos en los términos de la Ley i4/88, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi y demás legislación aplicable.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Transportes y

Obras Públicas y de Hacienda y Finanzas, previa aprobación de la

Presidencia aprobación y deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de abril,

DlSPONGO:

Artículo Primero Se autoriza el levantamiento del

Ferrocarril Zumárraga a Zumaia Ferrocarril del Urola) disponiéndose corno consecuencia de ello el abandono de la explotación del mismo.

Artículo Segundo

Los órganos competentes procederán a la investigación y a la delimitación posterior de los inmuebles y terrenos que no resulten...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR