ORDEN de 1 de febrero de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se fijan los volúmenes máximos de capturas y de desembarques de verdel en la Comunidad Autónoma de Euskadi para la campaña pesquera de 2011.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyOrden

Entre los objetivos de la política pesquera común se encuentra el de garantizar que la explotación de los recursos acuáticos vivos facilite unas condiciones económicas, medioambientales y sociales sostenibles, conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 2371/2002, del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común.

La Ley 6/1996, de 13 de marzo, de pesca marítima de Euskadi, dispone que las medidas que se establezcan para la ordenación y regulación de la actividad pesquera tenderán a proteger y conservar sobre una base sostenible los recursos marinos y el desarrollo de las comunidades costeras. Con el fin de lograr estos objetivos, el artículo 11 de la citada Ley habilita a las autoridades pesqueras para adoptar «cualquier medida que resulte adecuada para garantizar la conservación y gestión de las especies y mejorar la comercialización, manteniendo el nivel adecuado de los precios e ingresos de los pescadores».

La situación del stock de verdel o caballa (Scomber scombrus) aconseja adoptar medidas encaminadas a garantizar la sostenibilidad de la especie en nuestras aguas, regulando aquellos aspectos que puedan contribuir a una explotación racional y adecuada de la pesquería. Además, en el ejercicio de las competencias que en materia de comercializaición tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Euskadi, por medio de la presente Orden también se pretende evitar aportaciones masivas al mercado en momentos puntuales, ayudando así a mantener un nivel adecuado de los precios y, en consecuencia, de los ingresos de los pescadores.

Por otra parte, el día 20 de diciembre de 2010 se ha publicado la Orden ARM/3315/2010, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden ARM/271/2010, de 10 de febrero, por la que se establecen los criterios para el reparto y la gestión de la cuota de caballa, y se regula su captura y desembarque. El objetivo perseguido por esta Orden puede quedar desvirtuado si no se acompaña por una norma autonómica que regule las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR