DECRETO 358/1991, de 4 de junio, por el que se reconoce de utilidad pública a la «Asociación Vizcaína de Laringectomizados y Mutilados de la Voz», de Bilbao.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Finanzas; Justicia; Sanidad; Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 358/1991, de 4 de junio, por el que se reconoce de utilidad pública a la «Asociación Vizcaína de Laringectomizados y Mutilados de la Voz», de Bilbao.

En atención a las actividades desarrolladas por la «Asociación

Vizcaína de Laringectomizados y Mutilados de la Voz», de Bilbao, número B 818/88, el Gobierno considera que procede reconocer de utilidad pública a la citada entidad, por considerar que promueve el interés general de Euskadi en el campo del bienestar social, a través de los múltiples servicios que presta de tipo social y asistencial.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 3/88, de 12 de febrero, sobre

Asociaciones, y a tenor del Decreto 75/86, de 28 de enero, por el que se aprueba la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de

Transferencias de 28 de noviembre de 1985 en materia de Asociaciones y el Decreto 77/86, de 25 de marzo, por el que se crea el Registro

General de Asociaciones, compete al Consejo de Gobierno el presente reconocimiento de Utilidad Pública.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y

Finanzas, Justicia, Sanidad, y Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de junio de 1991,

DISPONGO: Artículo único.- Se reconoce de Utilidad Pública a la «Asociación Vizcaina de Laringectomizados y Mutilados de la Voz», de

Bilbao -inscrita con el número B 818/88 en el Registro General de

Asociaciones por considerar que contribuye a la promoción del interés general de Euskadi...

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