DECRETO 210/1985, de 2 de Julio, de traspaso de servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Vizcaya en materia de protección de la mujer.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia para Asuntos Economicos; Trabajo, Sanidad y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 210/1985, de 2 de Julio, de traspaso de servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Vizcaya en materia de protección de la mujer.

El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por Ley

Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, en su art. 10, números 12 y 39, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País

Vasco en materia de asistencia social, desarrollo comunitario y condición femenina.

Por otra parte, la Ley 27/ 1983, de 25 de noviembre, de «Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los

Organos Forales de sus Territorios Históricos», atribuye a estos últimos, en su artículo 7 c) 1 y 2, la ejecución dentro de su territorio de la legislación de las Instituciones Comunes en las materias de asistencia social, desarrollo comunitario y condición femenina, sin perjuicio de la acción directa de éstas.

Por ello, la Comisión Mixta establecida en la Disposición Transitoria

Primera de la mencionada Ley 27/1983, ha procedido según lo dispuesto en el Decreto 195/ 1984, de 19 de junio, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios entre las Instituciones Comunes de la

Comunidad Autónoma y el Territorio Histórico de Vizcaya, a concretar los servicios, medios personales, bienes, derechos y obligaciones adscritos a las competencias referidas, adoptando al respecto el oportuno acuerdo en su sesión de Pleno celebrado el 20 de Junio de 1985.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición

Transitoria Primera de la mencionada Ley 27/1983, a propuesta conjunta del Vicepresidente para Asuntos Económicos y del Consejero de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de Julio de 1985

DISPONGO:

Artículo Primero Se aprueba el acuerdo de la Comisión

Mixta de Transferencias Gobierno Vasco-Diputación Foral de Vizcaya, por el que se determinan los servicios, medios personales y obligaciones correspondientes a las competencias del Territorio

Histórico de Vizcaya en materia de protección de la mujer...

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