DECRETO 262/2000, de 19 de diciembre, de traspaso desde las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Bizkaia de las funciones y servicios en materia de Asistencia y Servicios Sociales, encomendada al Instituto Social de La Marina (I.S.M.).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia del Gobierno; Justicia, Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 262/2000, de 19 de diciembre, de traspaso desde las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Bizkaia de las funciones y servicios en materia de Asistencia y Servicios Sociales, encomendada al Instituto Social de La Marina (I.S.M.).

El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, en su artículo 10, número 12, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de asistencia social.

Por otra parte, la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, atribuye a estos últimos, en su artículo 7.C)1 la ejecución dentro de su Territorio de la legislación de las Instituciones Comunes en las materias de asistencia social, sin perjuicio de la acción directa de éstas. En el mismo sentido, la Ley 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales, contempla, en su artículo 11 y concordantes, las competencias que en esta materia corresponden a los Órganos Forales de los Territorios Históricos.

En atención a la señalada distribución de competencias, y habiéndose producido el traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de asistencia y servicios sociales, prestados por el Instituto Social de la Marina, la Comisión Mixta establecida en la Disposición Transitoria Primera de la mencionada Ley 27/1983, ha procedido según lo dispuesto en el Decreto 195/1984, de 19 de junio, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y el Territorio Histórico de Bizkaia, a concretar los servicios, medios personales, bienes, derechos y obligaciones correspondientes a la asistencia y servicios sociales prestados por el I.S.M., adoptando al respecto el oportuno Acuerdo en su sesión del pleno celebrada el 14 de diciembre de 2000.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley 27/1983, a propuesta conjunta de la Vicepresidenta del Gobierno y del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de diciembre de 2000.

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Aprobar el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Gobierno Vasco¿Excma

Diputación Foral de Bizkaia por el que se determinan los servicios, medios personales, bienes, derechos y obligaciones correspondientes a las competencias del Territorio Histórico de Bizkaia en materia de asistencia y servicios sociales prestados por el I.S.M., adoptado por el pleno de dicha Comisión en su reunión del 14 de diciembre de 2000, que se transcribe como Anexo del presente Decreto de Gobierno.

Artículo 2 ¿ En consecuencia, quedan traspasados al Territorio Histórico de Bizkaia los servicios que se relacionan en dicho Acuerdo, en los términos y condiciones resultantes del mismo, y los medios personales, bienes, derechos y obligaciones señalados en el texto del...

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