DECRETO 37/2011, de 15 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de aparcamientos en superficie en la calle Doctor Fleming.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2010 aprobó el «Proyecto de construcción de aparcamientos en superficie en la calle Doctor Fleming». El Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2010 acordó someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública por un plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 7 de 12 de enero de 2011 y notificación a las personas interesadas. También acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del referido proyecto. Por último, acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

La necesidad de solucionar el problema de escasez de aparcamientos en el barrio San Gabriel, y con ello mejorar la situación de los residentes en la zona, así como del resto de vecinos que se acercan en coche para coger el tren de cercanías de Renfe.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR