ORDEN de 18 de junio de 2014, de la consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas a los centros privados o de iniciativa social que deseen liberar a profesores/as para participar, durante el año 2014, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

A tenor de lo expresado en el artículo tercero de la Orden de 28 de enero de 1994, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula el programa de Capacitación Idiomática del Profesorado (Irale) (BOPV de 11-02-1994) el programa Irale está destinado al profesorado que ejerce la docencia en centros no universitarios, públicos o privados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Viceconsejería de Educación tiene publicados los folletos informativos correspondientes a los cursos 2013-2014 y 2014-2015 en formato electrónico en la página web del Departamento (www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net/euskera), en los que se ofrece la opción a los/as profesores/as de los centros privados a participar en los cursos a impartir dentro del horario lectivo.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi; y en la Ley 4/2013, de 20 de diciembre, por la que se aprobó por el Pleno del Parlamento Vasco, entre otros extremos, el referente al estado de gastos del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.

Artículo 1 – Convocar ayudas destinadas a los centros privados o de iniciativa social, cuyos profesores/as participen, durante el año 2014, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo, con el fin de subvencionar los gastos derivados de la sustitución de los/as mismos/as

Para ello será destinada una partida de 1.439.704,66 euros de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2014.

Esta partida se aplicará en dos resoluciones: la primera, que conllevará hasta un 60% de la partida total, corresponderá a la fase enero-junio. La segunda resolución, a su vez, corresponderá a la fase de septiembre a diciembre. El remanente de la primera fase se destinará a la segunda.

Si existen excedentes en otros programas se podrá ampliar, con anterioridad a su resolución, la partida destinada a subvenir los gastos relativos al periodo septiembre-diciembre de 2014.

Artículo 2 ...

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