DECRETO 468/2013, de 23 de diciembre, por el que se suspende temporalmente el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y PolÍTica Territorial
Rango de LeyDecreto

Con fecha 3 de octubre de 2012 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dicha norma persigue adoptar las medidas oportunas para atender las previsiones contempladas, tanto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, como en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica, en concreto, en lo que se refiere a lograr una Administración eficaz, con una oferta de servicios de calidad y accesibles por diferentes canales; una Administración abierta que promueva la transparencia, la participación y la colaboración; una Administración eficiente que mejore la gestión y adecue la organización, simplifique los procedimientos y actualice la tecnología.

Conforme a lo dispuesto en la norma primeramente citada, todos los procedimientos administrativos del área de medio ambiente competencia del Gobierno Vasco, cuya relación se recoge en el anexo I, deben gestionarse a través del Sistema de Gestión Integral de la Información Medioambiental, Sistema IKS-eeM.

Asimismo, el citado Sistema IKS-eeM es el instrumento para la transacción periódica de información medioambiental y el resto de las obligaciones transaccionales de información medioambiental que afectan a centros o sedes operativos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En virtud de lo dispuesto en la Disposición Final Tercera del Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el mismo entró en vigor el día 1 de enero de 2013.

No obstante lo anterior, el plazo de vacatio legis previsto en la indicada Disposición Final Tercera no ha sido suficiente para desarrollar en su integridad todos los procedimientos, lo que conlleva que aunque se pudiera realizar la gestión telemática en la fase previa de los procedimientos el resto de los trámites previstos en la normativa sectorial de aplicación como la información pública o la solicitud de informes a otras Administraciones Públicas debe realizarse, tal y como se venía realizando hasta la fecha, por los cauces ordinarios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2013,

Artículo 1

– Suspender temporalmente el artículo 2.3 del Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en cuanto a la tramitación exclusivamente por medios telemáticos de los procedimientos administrativos que se recogen en el anexo I del presente Decreto.

Artículo 2

– La presente suspensión afectará, asimismo, a las obligaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR