DECRETO 196/ 1992 de 14 de julio, para la suscripción y renovación de Conciertos Educativos a partir del curso 1992/93.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 196/ 1992 de 14 de julio, para la suscripción y renovación de Conciertos Educativos a partir del curso 1992/93.

El Decreto 29/87 de 8 de septiembre establece en sus artículos 72 y siguientes el procedimiento de renovación de los conciertos educativos. El Decreto 217/1990 de 30 de julio convocaba la suscripción y renovación de conciertos educativos a partir del curso 1990-91 y excepcionalmente por un periodo de dos años.

La justificación de la renovación del Decreto 217/1990 por un periodo de tiempo inferior al plazo de duración inicial, establecido en 4 años por el artículo 9 del Decreto 283.'87, de 8 de septiembre, radicaba en la promulgación de la Ley General de Ordenación del

Sistema Educativo, que contempla la alteración de los niveles educativos y que hubiera incidido. de reno verse por cuatro años, en conciertos vigentes al momento de la aplicación de aquella Ley.

Las razones de tipo técnico y de seguridad jurídica que recomendaron reducir dicho plazo, permiten que el presente Decreto contemple la implantación de los nuevos niveles educativos que se regula en el

Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Por último y habida cuenta el carácter transitorio del Decreto 217/1990 de 30 de julio, se procede a su derogación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e

Investigación, previa deliberación y aprobación del Consejo de

Gobierno, en su sesión de 14 de julio de 1992,

DISPONGO:

Artículo 1 Los conciertos educativos que se suscriban o renueven con centros que imparten enseñanzas de nivel Preescolar se modificarán en cuanto a las enseñanzas objeto de concierto en enseñanzas de Educación Infantil.
Artículo 2 Los conciertos educativos que se suscriban o renueven con centros de Educación General Básica se modificarán en cursos consecutivos, en cuanto a las enseñanzas objeto del concierto, que serán las siguientes:

Año académico 1992-93: Cursos 1.° y 2.° del primer ciclo de Educación

Primaria Cursos 3º, 4.°, 5.º...

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