DECRETO 82/1995, de 31 de enero, por el que se regula la autorización para la implantación de establecimientos comerciales con superficie de venta superior a 2.000 metros cuadrados, la modificación de éstos o la ampliación que alcance o supere dicha superficie.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorComercio, Consumo y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 82/1995, de 31 de enero, por el que se regula la autorización para la implantación de establecimientos comerciales con superficie de venta superior a 2.000 metros cuadrados, la modificación de éstos o la ampliación que alcance o supere dicha superficie.

La Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/1994, de 27 de mayo, de la

Actividad Comercial, establece que en tanto el Gobierno Vasco no fije los criterios a los que habrán de ajustarse las normas municipales en materia de implantación de establecimientos comerciales, se requerirá la autorización del Departamento competente en materia de comercio para llevar a cabo la misma, así como para su modificación o ampliación. Se hace preciso por ello establecer los requisitos procedimentales a los que habrá de sujetarse la concesión de dicha autorización. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Comercio, Consumo y Turismo, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 31 de enero de 1995,

DISPONGO:

Artículo 1.- 1

De conformidad con la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/1994, de 27 de mayo, de la Actividad Comercial, la implantación, modificación y ampliación de los establecimientos comerciales aludidos en la misma, estará sometida a autorización previa del Departamento competente en materia de comercio, en tanto no estén vigentes los instrumentos de ordenación a que hace referencia al artículo 13 de dicha Ley. 2.- El otorgamiento o denegación de dicha autorización corresponde a la Dirección de Administración y Política Comercial, previo informe de la Comisión de.

Ordenación del Territorio del País Vasco.

Artículo 2

Para la resolución de los expedientes de autorización se tendrán en cuenta los costes sociales y...

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