DECRETO 203/2003, de 2 de septiembre, por el que establece un plan de fomento de la calidad de las semillas de cereales de fecundación autógama.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAgricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 203/2003, de 2 de septiembre, por el que establece un plan de fomento de la calidad de las semillas de cereales de fecundación autógama.

Uno de los factores básicos de la productividad y rentabilidad de las explotaciones agrarias es el empleo de material vegetal de la máxima calidad. En este sentido los reglamentos de certificación y control establecen las condiciones a las que deben ajustarse la producción y comercialización de dicho material vegetal como medio de garantizar su valor y respetar los derechos de sus obtenedores.

Esta reglamentación esta compuesta, en lo fundamental, por el Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre de 1972, por el que se aprueba el Reglamento General sobre semillas y plantas de vivero, y sus posteriores modificaciones; la Orden de 23 de mayo de 1986, por la que se aprueba el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero y sus posteriores modificaciones; y la Orden de 1 de julio de 1986, por la que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de cereales y sus posteriores modificaciones.

Ahora bien, la búsqueda de la calidad de los productos agrarios exige ir más allá del mero cumplimiento de los mínimos exigidos en los reglamentos técnicos de control y certificación de semillas y buscar la mejora constante de los productos finales como medio para lograr un posicionamiento ventajoso en un mercado fuertemente competitivo. Con esa finalidad, por medio del Decreto 195/2000, de 26 de septiembre (BOPV n.º 179 de 13 de octubre de 2000), se estableció un plan de fomento de la calidad de las semillas de cereales de fecundación autógama en la CAPV.

Los planes de fomento que el Decreto 195/2000 ha impulsado han demostrado su utilidad y han supuesto un avance en la calidad de las semillas de cereales que es preciso mantener. No obstante lo anterior, la aplicación práctica del Decreto 195/2000 ha puesto de manifiesto diversas carencias y defectos relacionadas con el procedimiento de la concesión y control de las ayudas en él previstas que es necesario corregir. Por ello, y aunque los objetivos y líneas básicas sigan siendo los mismos, debido al gran número de modificaciones técnicas que ello supone, se ha preferido derogar el Decreto 195/2000 y sustituirlo por el presente en aras de una mejor comprensión y manejo de la norma.

Las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa así como las organizaciones profesionales y asociaciones sectoriales han sido consultadas en la elaboración del presente Decreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 2 de septiembre de 2003,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Objeto.
  1. ¿ El presente Decreto tiene por objeto establecer un plan de fomento de la calidad de las semillas certificadas de cereales de fecundación autógama.

  2. ¿ Dentro de dicho plan se concederán ayudas económicas por la realización de actuaciones de conformidad con lo previsto en el plan de acción correspondiente.

Artículo 2 ¿ Financiación.
  1. ¿ Los recursos económicos destinados a la concesión de las ayudas previstas en el presente Decreto precederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto para cada ejercicio en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  2. ¿ El volumen total de las ayudas a conceder en cada uno de los ejercicios no excederá de la citada consignación presupuestaria o de la que resulte de su actualización en caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias conforme...

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