RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2000, del Secretario de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación transfronteriza e interregional para 2000.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2000, del Secretario de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación transfronteriza e interregional para 2000.

El Decreto 189/1998, de 28 de julio, establece la regulación de las subvenciones a proyectos de cooperación transfronteriza e interregional.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 1, del citado Decreto, procede convocar las subvenciones para el ejercicio 2000.

RESUELVO:

Artículo único ¿ Convocatoria.

Se convocan subvenciones a proyectos de cooperación transfronteriza e interregional para el ejercicio 2000, por un importe global de veinte millones de pesetas (12.020,24 Euros) con arreglo a las Bases que se aprueban y figuran en el Anexo único.

Dicho importe podrá verse incrementado con nuevas disponibilidades presupuestarias, cuya adjudicación se resolverá conforme a lo previsto en las citadas Bases.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.¿ En lo no previsto en la presente Resolución y en el Decreto 189/1998, de 28 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.¿ La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de septiembre de 2000.

El Secretario de la Presidencia,

JESÚS PEÑA MARTÍNEZ.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA E INTERREGIONAL.

Primera.¿ Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la adjudicación de las subvenciones que la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco destina en el ejercicio presupuestario de 2000 a personas o entidades que realicen proyectos de cooperación transfronteriza e interregional en los términos recogidos en el Decreto 189/1998, de 28 de julio.

Segunda.¿ Solicitantes.

  1. ¿ Podrán solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, excluida la Administración General de la Comunidad Autónoma, que tengan su domicilio en el ámbito geográfico donde se desarrollarán las actividades subvencionadas.

  2. ¿ En el supuesto de que varias personas solicitantes presenten un único proyecto, las personas titulares deberán designar a una de ellas como representante del proyecto ante la Administración.

    Tercera.¿ Proyectos.

    Para tener acceso a la cofinanciación los proyectos de cooperación presentados deberán consistir en acciones que se desarrollen en las áreas y con los requisitos señalados en el artículo 2 del Decreto regulador de las ayudas.

    La ejecución de los proyectos habrá de producirse en el plazo máximo de un año desde la Resolución de adjudicación.

    Cuarta.¿ Presentación de solicitudes.

    Las personas solicitantes cuyo proyecto y características cumplan los requisitos exigidos podrán presentar por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento...

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