DECRETO 140/2007, de 11 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de la variante de la carretera GI-2635 entre la rotonda de Landeta y la rotonda de Zapatari (1.ª etapa parcial de la...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

Mediante Acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa de fecha 11 de noviembre de 2006, se acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del "Proyecto de construcción de la variante de la carretera GI-2635 entre la rotonda de Landeta y la rotonda de Zapatari (1.ª etapa parcial de la variante de Azpeitia)", y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública. Posteriormente, el Consejo de Diputados en su sesión de 22 de mayo de 2007, acordó declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, y solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgencia de las obras a efectos de que la ocupación de los citados bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio pueda realizarse conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado alegaciones, que fueron resueltas según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

La obra que propone el proyecto que nos ocupa recoge un tramo de la variante de Azpeitia, y también un tramo de la variante de la carretera GI-2635 de Azpeitia a Besain, formando entre los tramos de una variante de la zona denominada Landeta. Esta zona ha tenido durante los últimos años un desarrollo industrial que podemos denominar de explosivo. Esta nueva industria ha convertido el punto de confluencia de la carretera GI-2635 con la GI-631, es decir, la rotonda de Landeta y sus accesos, en un tramo muy congestionado y, en horas punta, totalmente saturado. Los tráficos que utilizan este tramo son unos de carácter urbano y otros de paso, además de un alto tránsito peatonal que interfiere con el rodado en varios puntos. Por lo tanto la obra que se propone además de resolver la fluidez del tráfico, también incide en la seguridad de la circulación rodada y peatonal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de...

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