ORDEN de 18 de junio de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se fijan los márgenes brutos de los diversos cultivos, los módulos objetivos para la determinación de las Unidades de Trabajo Agrario (UTA) y los coeficientes de gastos fijos en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico y Competitividad
Rango de LeyOrden

El Decreto 203/2011, de 27 de septiembre, del Registro General de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dispone en su artículo 14.2 que «a los efectos del cálculo de la renta unitaria de trabajo, periódicamente y teniendo en cuenta la dimensión, ubicación, orientación técnico-económica y sistema de producción de la explotación, mediante Orden de la persona titular del departamento competente del área de agricultura de Gobierno Vasco, se fijarán los márgenes brutos, los módulos objetivos para determinar las unidades de trabajo agrario que corresponden a la explotación y los coeficientes de gastos fijos de esa explotación».

Anteriormente, dando cumplimiento a la normativa anterior en esta materia que era similar, los márgenes brutos, los módulos objetivos para determinar las unidades de trabajo agrario y los coeficiente de gastos fijos en las explotaciones de la CAPV fueron fijados por la Orden de 18 de julio de 2001, del Consejero de Agricultura y Pesca (BOPV n.º 160 de 20 de agosto de 2001). Recientemente éstos fueron actualizados por Orden 25 de junio de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.

Una vez realizados los trabajos estadísticos sobre algunos cultivos, se ha detectado la necesidad de actualizar algunos indicadores, y de corregir algunos errores de tipo material contenidos en la Orden de 25 de junio de 2012. Por ello, mediante la presente Orden se fijan los márgenes brutos y módulos para la determinación de UTAs que están referidos a datos del año 2013, y se sustituye la Orden de de 25 de junio de 2012.

Las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como las asociaciones profesionales agrarias han sido consultadas en la elaboración de la presente Orden. En su virtud,

Primero.– Objeto.

El objeto de la presente Orden es fijar los márgenes brutos de los diversos cultivos, los módulos de objetivos para la determinación de las Unidades de Trabajo Agrario (UTA), y los coeficientes de gastos fijos en las explotaciones agrarias de la CAPV tomando como base los datos existentes en el año 2013, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Decreto 203/2011 de 27 de septiembre, del Registro General de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco

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