RESOLUCIÓN 47/2018, de 1 de febrero, de la Directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueba la primera convocatoria ordinaria de pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de 2018.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorOsakidetza-Servicio Vasco de Salud
Rango de LeyResolución

La presente Resolución se basa en los siguientes:

Mediante el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, se regula el proceso de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud. Este Decreto establece que los perfiles lingüísticos de aplicación en Osakidetza-Servicio vasco de salud son los determinados en el artículo 13 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Decreto 67/2003 determina la competencia que le asiste a Osakidetza-Servicio vasco de salud para la realización de pruebas de acreditación de esos perfiles lingüísticos a través de convocatorias ordinarias y/o extraordinarias que, con esa específica finalidad, realice dicho Ente.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades atribuidas.

Aprobar la primera convocatoria ordinaria de pruebas para la acreditación de perfiles lingüísticos del año 2018, de acuerdo con las bases que figuran en el Anexo I.

Contra la presente Resolución de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de febrero de 2018.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA JESÚS GEMMA MÚGICA ANDUAGA.

Base 1.– La presente convocatoria posibilita la acreditación de los perfiles lingüísticos uno, dos, tres y cuatro. El proceso de acreditación constará de un período de inscripción, una relación de admitidos y excluidos, unas pruebas que tendrán calificaciones provisionales, un período de reclamación, y los mismos concluirán con la publicación de las calificaciones definitivas.

Base 2.– Mediante Resolución de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se designará el Tribunal responsable de la convocatoria, el cual estará integrado por presidente, seis vocales y el secretario. Dos de los vocales serán designados por el IVAP. Los miembros que lo integren mayoritariamente serán trabajadores fijos al servicio de las Administraciones Públicas Vascas con el perfil lingüístico 4 acreditado.

Base 3.– El proceso de acreditación se inicia con la publicación de la presente Resolución, que regulará cada una de las fases de que consta este proceso

Base 4.– Podrá participar en la convocatoria el personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, cualquiera que sea su relación de empleo, que se haya encontrado o encuentre en situación de servicio activo, excedencia para el cuidado de familiares o servicios especiales durante el período comprendido entre el día 26 de septiembre del 2017 (fin del plazo de inscripción del proceso de acreditación anterior) y el día 6 de marzo del 2018 (fin del plazo de inscripción de este proceso).

Base 5.– Los aspirantes que participen en esta...

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