DECRETO 164/2002, de 2 de julio, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 164/2002, de 2 de julio, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar.

El Decreto 299/1987, de 15 de septiembre, por el que se reestructura el Centro de Enseñanzas Integradas de Eibar, dio origen a la constitución del Complejo Educativo de Eibar y determinó su estructura y organización administrativa.

Desde la publicación del citado Decreto se han producido varias circunstancias que han modificado, de modo sustancial, la realidad existente en el citado Complejo Educativo.

El Centro Integrado de Enseñanzas Medias y EPA deja de ser un Centro Integrado y se transforma en un centro ordinario de Enseñanzas Medias al separarse del mismo las enseñanzas de Educación Permanente de Adultos, que pasan a ser atendidas por el Centro de Educación Permanente de Adultos "Eibar", creado por el Decreto 122/1994, de 15 de marzo, (BOPV de 21-04-94).

Posteriormente el Decreto 26/1996, de 30 de enero, de reordenación de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, transforma al Centro Integrado de Enseñanzas Medias en un Instituto de Enseñanza Secundaria No Obligatoria. Este Instituto pasa a denominarse IES "Uni Eibar-Ermua" a partir de la publicación de la Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 26 de junio de 1998, (BOPV de 29-07-98), corregida por la Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 9 de noviembre de 1998, (BOPV de 11-12-98).

Por otra parte, el Decreto 379/1994, de 4 de octubre, (BOPV de 20-10-94), integra la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial perteneciente, hasta ese momento, al Complejo Educativo de Eibar, en la Universidad del País Vasco.

Todos los cambios mencionados han supuesto una transformación muy importante de la realidad existente en la actualidad en el Complejo Educativo de Eibar, y han caido en desuso muchas de las disposiciones contenidas en el Decreto 299/1987, de 15 de septiembre, por lo que resulta procedente la derogación de dicho Decreto y la publicación de una nueva norma que sirva para regular la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar, de acuerdo con las circunstancias actualmente existentes.

Por otra parte, procede crear como autónomo el actual Centro Residencial para, manteniendo su integración en el Complejo Educativo, dotarle de un carácter, estructura y organización propia, que le permita hacer frente a las nuevas y futuras posibilidades en la prestación de sus servicios educativos y residenciales, atendiendo de un modo adecuado la demanda existente, tanto de los/as alumnos/as que siguen enseñanzas regladas como de aquellos/as que siguen enseñanzas específicas no regladas y de otros grupos de características especiales que también solicitan la utilización de los servicios que les ofrece la Residencia.

El objetivo, en todo caso, es crear una estructura organizativa que permita aprovechar al máximo los recursos existentes y conseguir una enseñanza de calidad y una sólida formación, tanto profesional como humana, del alumnado, satisfaciendo asimismo sus necesidades de alojamiento.

En su virtud, oído el Consejo Escolar de Euskadi, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 2 de julio de 2002,

DISPONGO:

CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales Artículos 1 a 16
Artículo 1 ¿ Es objeto del presente Decreto la creación del Centro Residencial de Eibar y la regulación de la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar.
Artículo 2 ¿ Se crea el Centro Residencial de Eibar, centro público dependiente del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, con domicilio en la Avenida Otaola, número 29, de Eibar (Gipuzkoa) y Código de Centro : 013173.
Artículo 3 ¿ 1.¿ El Complejo Educativo de Eibar está constituido por los órganos de gobierno general del mismo, por los Centros especificados en el apartado 2 de este artículo, y por las instalaciones y dependencias comunes a los mismos.

2- Los Centros que componen el Complejo Educativo de Eibar son los siguientes:

  1. El Instituto de Enseñanza Secundaria "Uni Eibar-Ermua".

  2. El Centro Residencial de Eibar.

  3. Los centros docentes no universitarios que puedan establecerse en el futuro de acuerdo con la legislación vigente.

  1. ¿ El Complejo Educativo de Eibar dependerá orgánicamente del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Artículo 4 ¿ Son objetivos básicos del Complejo Educativo de Eibar:
  1. Impartir las enseñanzas establecidas, para los niveles que correspondan, en los centros pertenecientes al Complejo.

  2. Proveer un servicio de alojamiento al alumnado, que le permita optimizar su rendimiento formativo con unos servicios adicionales que se acomoden a las exigencias de la evolución de la actividad educativa.

Artículo 5 ¿ 1.¿ La admisión de alumnos/as en el Instituto de Enseñanza Secundaria "Uni Eibar-Ermua" se regirá por la normativa general reguladora de la admisión de alumnos/as en centros públicos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  1. ¿ La admisión de alumnos/as en el Centro Residencial del Complejo Educativo...

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