LEY 2/2010, de 22 de abril, relativa a la declaración del 25 de octubre como Día del País Vasco-Euskadiko Eguna.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyLey

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 2/2010, de 22 de abril, relativa a la declaración del 25 de octubre como día del País Vasco-Euskadiko Eguna.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Estatuto de Autonomía del País Vasco, aprobado en referendo el 25 de octubre de 1979, constituye por voluntad popular nuestra norma institucional básica e instrumento de acceso al autogobierno, al amparo de la Constitución española de 1978.

El Estatuto de Gernika sigue constituyendo a día de hoy, el más amplio acuerdo alcanzado en el seno de la sociedad vasca, al menos en el último siglo y medio.

En este marco, por primera vez en la historia, alaveses, guipuzcoanos y vizcaínos compartimos una organización institucional que ha hecho posible el desarrollo de la autonomía vasca.

En consecuencia, procede la conmemoración del 25 de octubre como fiesta oficial del País Vasco.

Artículo 1 Se declara «Día del País Vasco-Euskadiko Eguna» el 25 de octubre, aniversario de la aprobación del Estatuto de Autonomía de Gernika, que tendrá carácter de fiesta oficial a todos los efectos, incluidos los laborales, en la Comunidad Autónoma.
Artículo 2 El Gobierno Vasco adoptará los acuerdos necesarios para la celebración anual de dicha festividad y programará los actos institucionales a desarrollar con tal motivo.
DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, a 23 de abril de 2010.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

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