DECRETO 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVivienda y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

La cooperación para el desarrollo es una expresión de solidaridad resultado de la toma de conciencia respecto de la necesidad de construir un nuevo modelo de relaciones internacionales. Alcanzar el éxito en este objetivo obliga a conseguir un cambio estructural en el modelo, esto es, nuevas estructuras para nuevas relaciones.

La sociedad vasca siempre se ha manifestado como una sociedad solidaria y con voluntad de trabajar por conseguir un modelo de relaciones justas para todos y todas. El Gobierno adecua su acción a esta premisa, trabajando hacia un modelo de desarrollo en el que quepamos todas y todos, mujeres y hombres, nortes y sures.

Este desarrollo humano, que se define como la generación y consolidación de las capacidades, libertades y oportunidades individuales y colectivas, es un concepto complejo que incluye numerosas dimensiones altamente correlacionadas - la económica, la social, la política, la cultural, la ambiental, de género, la psicológica - y diferentes niveles de actuación - local, estatal, internacional -. Provocar y posibilitar cambios en todos estos aspectos, de manera integral y coherente, sólo es posible apoyando procesos con una perspectiva de actuación ordenada y progresiva en largo plazo.

Partiendo de esta premisa, la Dirección de Cooperación al Desarrollo apuesta por una cooperación estructural y transformadora. Esta cooperación pretende apoyar los procesos de cambio integrales y a largo plazo, que inciden sobre el conjunto de causas que impiden el desarrollo, que transformen las instituciones, normas, valores, en los diferentes niveles local, estatal e internacional, superando por tanto el apoyo a acciones limitadas en el corto plazo y con el único objetivo de satisfacer necesidades básicas, sin actuar sobre las causas que provocan esas carencias. El desarrollo precisa de cambios estructurales y la cooperación debe actuar en este sentido.

Así, y para fortalecer esta apuesta, se pone en marcha una nueva herramienta, el Programa de cooperación para el desarrollo. Su razón de ser nace de la necesidad de ir acercando el objetivo último - el desarrollo, el cambio estructural, la lucha contra la pobreza- con los instrumentos de cooperación con los que se cuenta. De esta manera, se espera que, con unas entidades vascas y locales del Sur con una contrastada capacidad estratégica, social, financiera y de gestión, y con unos programas de mayor alcance temporal y financiero, y que cubren completamente el ciclo de vida del programa -desde la identificación hasta la evaluación-, se planteen procesos de manera más estratégica y coherente, con un impacto a largo plazo mayor que con otro tipo de instrumentos de cooperación.

Aunque todas las herramientas de cooperación que ofrece la Dirección de Cooperación al Desarrollo persiguen el cambio estructural para la lucha contra la pobreza, y siguen los principios de solidaridad, asociación, acompañamiento de procesos endógenos, actuación estructural y a largo plazo, integralidad, coordinación y corresponsabilidad, los programas posibilitan una incidencia mayor sobre dichos objetivos y premisas de actuación. Las características de los programas permiten realizar análisis más completos, establecer indicadores sólidos y realistas y plantear estrategias en un plazo mayor. Estas estrategias deben cubrir el término desarrollo en una concepción integral que ya hemos explicado, planteando procesos que se enmarquen en algún área sectorial - necesidades sociales prioritarias, economía popular, poder local, derechos humanos, identidad cultural -, pero que integren también a las líneas transversales - género, capacidades locales, participación, organización, derechos humanos y sostenibilidad ecológica- no cómo actividades puntuales y aisladas en las mismas sino como elementos fundamentales y necesarios en todo proceso de desarrollo.

Por lo tanto, la característica que va a definir a los programas frente a otros instrumentos es, por un lado, su mayor facilidad de acompañar procesos de manera estructural y en los diferentes niveles local, estatal e internacional, y, por otro lado, la profundidad de sus propuestas, plasmada en análisis sólidos y en estrategias a largo plazo que integren lo sectorial con lo transversal en un todo. Los mayores recursos financieros, o el mayor periodo de ejecución, no son más que medios para obtener estos objetivos. Así, los programas no se definirían como territoriales - si se establecen procesos con una única población sujeto- o sectoriales - si se establecen procesos con varias poblaciones sujeto en una misma área sectorial- sino que todas estas propuestas u otras que se pudieran plantear se podrán realizar en función de que sean capaces de plantear estrategias a largo plazo que generen cambios profundos en las instituciones, normas y valores de la o las poblaciones sujeto.

El texto se organiza en cuatro capítulos. En el Capítulo Preliminar, se definen los programas y sus requisitos. En el Capítulo I se establecen los principales sujetos que van a intervenir en los programas. El siguiente capítulo se dedica al presupuesto de los programas y se presentan los siete apartados presupuestarios que debe incluir todo programa. El Tercer Capítulo se refiere al procedimiento de concesión de ayudas, para finalizar con un capítulo dedicado al seguimiento y justificación de los programas.

Respecto a los apartados presupuestarios, al tratarse de conceptos diferentes a los existentes en otros instrumentos, como los proyectos, procedemos a una definición de los mismos que aclaren su contenido específico:

Identificación: consiste en definir entre todas las partes implicadas ideas de programas que parecen de alto interés por los cambios estructurales que potencialmente pueden generar. Tras documentar y analizar de manera participativa el sistema de sustento de vida en un determinado área, se opta por una idea de programa sobre la que se comienza a trabajar de manera detallada en la siguiente etapa del ciclo de vida del programa.

Actividades de Desarrollo: las actividades de desarrollo afectan a corto plazo al sistema de sustento de vida de la población sujeto.

Fortalecimiento Institucional de las entidades locales o de la población sujeto: consiste en potenciar a la entidad local o a las entidades que agrupan a la población sujeto, sean éstas formales o informales, con la perspectiva de consolidar las capacidades de éstas en el largo plazo.

Educación para el Desarrollo: se trata de una caja de herramientas al servicio del proceso, que a medio largo plazo, pretende formar a las personas en la Comunidad Autónoma de Euskadi en la comprensión de las causas estructurales que generan las desigualdades mundiales, y ello para incentivar su implicación y compromiso con el cambio estructural que persigue el programa.

Gestión del programa en la zona de ejecución: consiste en la realización sobre el terreno de actividades conducentes a lograr que el resto de herramientas del programa puedan ser desarrolladas correctamente.

Evaluación: consiste en hacer una apreciación, tan sistemática y objetiva como sea posible, sobre el programa, analizando su concepción, su realización y sus resultados. Debe proporcionar unas informaciones creíbles y útiles, que permitan integrar las enseñanzas sacadas en los mecanismos de toma de decisiones.

Gestión del Programa en la Comunidad Autónoma de Euskadi: consiste en las actividades realizadas por ésta o éstas, relacionadas con el programa que no tienen cabida en ninguna de las otras herramientas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 3 de abril de 2007,

DISPONGO: CAPÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1 – Objeto.

El presente Decreto regula las ayudas a programas de cooperación para el desarrollo con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.

  1. – Un programa es una herramienta que contribuye de manera significativa a la lucha contra la pobreza, a través del acompañamiento de procesos endógenos de desarrollo que promuevan cambios estructurales. El cambio estructural se define como el proceso por el cual los factores capaces de aumentar las opciones, libertades y capacidades de las personas adquieren consistencia y se consolidan en instituciones, normas y valores que persisten en el tiempo y generan desempeños que generan nuevas posibilidades personales y colectivas en el largo plazo.

  2. – Los programas se definen por el cumplimiento de estas cuatro condiciones:

  1. Insertarse en una o varias de las áreas sectoriales siguientes: necesidades sociales prioritarias, economía popular, poder local, derechos humanos, identidad cultural.

  2. Obtener un impacto significativo en...

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