DECRETO 61/2000, de 4 de abril, por el que se regulan las Cooperativas de Iniciativa Social.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia, Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 61/2000, de 4 de abril, por el que se regulan las Cooperativas de Iniciativa Social.

El Movimiento Cooperativista vasco se ha caracterizado por su gran desarrollo social y empresarial, que lo ha situado como líder y referente en el ámbito estatal y europeo. Ahora bien, el Cooperativismo en Euskadi destaca así mismo, en la actualidad, tanto por la variedad de sus formas y ámbitos de actuación sectorial como por su aportación a la satisfacción desde una perspectiva societaria cooperativa, de necesidades colectivas diversas, como pueden ser las educativas, de vivienda, alimentarias, financieras y otras de distinta índole.

El que entre las necesidades sociales a las que dan respuesta las cooperativas vascas de Trabajo Asociado sobresalgan en la década de los noventa, de forma creciente, las que desarrollan su actividad en el ámbito de prestación de servicios socio-sanitarios, educativos, culturales o medioambientales, avala lo anteriormente expuesto.

En torno a las cooperativas que se han desarrollado en este ámbito se han ido articulando unos comportamientos y reglas societarias internas específicas, caracterizadas básicamente por la ausencia de ánimo de lucro, y que son conocidas como cooperativas "de iniciativa social". Tanto por su creciente desarrollo como por sus acreditadas condiciones de idoneidad para proveer de los servicios mencionados, conviene que sean reguladas reglamentariamente, al objeto de evitar la inseguridad jurídica que podría derivarse de la indefinición de su marco de actuación, referido tanto a las actividades que componen su objeto social como a su caracterización social interna, fundamentalmente derivada de la ausencia de ánimo de lucro. Así se ha considerado por las leyes cooperativas más recientes, (Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de cooperativas de Aragón y Ley estatal 27/1999, de 16 de julio, de cooperativas) cuya regulación, coincidente en esta materia, sigue el presente Decreto.

Por otra parte se han venido considerando también como "de iniciativa social" aquellas cooperativas dirigidas a la inserción laboral de personas marginadas del sistema económico y social, mediante el desarrollo de actividades agrícolas, industriales...

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