DECRETO 207/1982, de 15 de Noviembre, por el que se regula el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 207/1982, de 15 de Noviembre, por el que se regula el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi.

La Disposición Final Séptima de la Ley 1/1982, de 11 de Febrero, sobre

Cooperativas, establece que los Estatutos y las normas de elección para la primera composición del Consejo Superior de Cooperativas serán aprobados por el Departamento de Trabajo del Gobierno Vasco, previa información a la

Comisión Parlamentaria correspondiente. La Disposición Adicional Segunda, por su parte, establece que el Consejo Superior de Cooperativas, previsto en el artículo 70 de la presente Ley, se compondrá inicialmente de representantes de las Cooperativas y de miembros designados por el Gobierno

Vasco, siendo en todo caso mayoritaria la representación de aquéllas. De ambos mandatos de carácter legal deriva el presente Decreto regulador del citado Consejo Superior de Cooperativas. Se constituye como órgano independiente del Gobierno Vasco, dotado de personalidad jurídico-pública y plena capacidad para contratar y realizar los actos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. El Consejo Superior de Cooperativas cuyo precedente se encuentra en la Ley de Cooperación de 1934 de Cataluña, se constituye como máximo órgano de promoción y representación de las

Cooperativas, con competencias tan importantes como son las de arbitraje, difusión de los principios del cooperativismo, defensa de los intereses legítimos de la Cooperación, etc. En su virtud, y a propuesta del Consejero titular del Departamento de Trabajo, y previa deliberación del Consejo del

Gobierno Vasco en su sesión de 15 de Noviembre de 1982, DISPONGO:

Artículo 1 º-Denominación El Consejo Superior de Cooperativas (en adelante el Consejo) creado en virtud del articulo 70 de la Ley 11/982, de 11 de

Febrero, sobre "Cooperativas", con personalidad juridico-pública, adoptará dicha denominación y se regirá por el...

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