DECRETO 157/2014, de 29 de julio, por el que se regula el Consejo Consultivo del Plan de Paz y Convivencia.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 31/2009, de 10 de febrero, se creó y reguló el Consejo Consultivo del Plan Vasco de Educación en Derechos Humanos y por la Paz. De este modo, se daba luz verde a la constitución de un órgano de consulta y participación en la gestión y desarrollo del Plan Vasco de Educación para la Paz y los Derechos Humanos (2008-2011), aprobado el 26 de diciembre de 2007 por el Consejo de Gobierno.

El 8 de junio de 2010 el Consejo de Gobierno aprobó la Reformulación del Plan Vasco de Educación en Derechos Humanos y por la Paz, pasando a denominarse Plan de Convivencia Democrática y Deslegitimación de la Violencia 2010-2011. En dicho Plan se contemplaba el mantenimiento del Consejo Consultivo, para su gestión y coordinación, con un cambio en la denominación, pasando a denominarse Consejo Consultivo de Convivencia Democrática y Deslegitimación de la Violencia, y adaptaba su composición y metodología a los nuevos planteamientos de su reformulación. Así, mediante el Decreto 1/2011, de 11 de enero, se modificó el Decreto 31/2009, de 10 de febrero, en el sentido indicado.

El 26 de noviembre de 2013 se aprobó, por el Consejo de Gobierno, el Plan de Paz y Convivencia 2013-2016 – Un objetivo de encuentro social. El Plan atribuye su impulso, gestión y coordinación a la Secretaría General para la Paz y Convivencia, con los siguientes objetivos:

– Propiciar la mejor gestión posible del Plan de Paz y Convivencia y favorecer el logro de sus objetivos.

– Articular dinámicas de diálogo, escucha, consulta y colaboración entre las instituciones y la sociedad civil para la mejora de la convivencia.

– Tratar de que la gestión de este plan se asiente en los más amplios consensos sociales, políticos e institucionales.

– Garantizar una metodología de evaluación rigurosa y útil para mejorar y, en su caso, corregir este plan en base al análisis de su aplicación.

En cuanto a su seguimiento, el Plan establece tres líneas de trabajo:

– Una Comisión Interdepartamental que se encargará de dinamizar y coordinar la gestión de los distintos departamentos del Gobierno Vasco.

– Una Comisión de Coordinación con el Parlamento Vasco, que buscará el consenso con los grupos parlamentarios.

– Un Consejo Consultivo que propicie la interacción entre las instituciones y la sociedad civil en la misión de encuentro social del Plan de paz y Convivencia.

En relación con este Consejo Consultivo, el propio Plan prevé que se deberá adaptar la estructura y funciones del actual Consejo Consultivo de Convivencia Democrática y Deslegitimación de la Violencia, a la misión de encuentro social del nuevo Plan de Paz y Convivencia, de manera que éste mantendrá su orientación y reestructurará su funcionamiento y composición, mediante la aprobación de un nuevo Decreto.

En su virtud, a propuesta del Lehendakari, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de julio de 2014,

Artículo 1 – Objeto.

El objeto del presente Decreto es regular el Consejo Consultivo del Plan de Paz y Convivencia.

Artículo 2 – Adscripción.

El Consejo Consultivo del Plan de Paz y Convivencia (en adelante Consejo Consultivo) está adscrito a la Secretaría General para la...

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