DECRETO 94/2004, de 25 de mayo, por el que se regula el Comité Vasco contra la violencia en el deporte.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 94/2004, de 25 de mayo, por el que se regula el Comité Vasco contra la violencia en el deporte.

La Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte, que trata de impulsar el establecimiento de instrumentos de lucha ante la violencia en las competiciones deportivas, o en torno a ellas, contempla en su artículo 99 la creación de un comité contra la violencia en el deporte, órgano que es adscrito al Departamento competente en materia de deportes y a quien se le atribuyen funciones relacionadascon la prevención de la violencia en materia deportiva.

Como dice la Exposición de Motivos de la citada Ley, existe una creciente preocupación social por el incremento de la violencia en general, no siendo la relacionada con el deporte más que una manifestación singular de la que existe en la sociedad, pero que precisa de determinadas medidas particulares en atención al medio en donde se desarrollan las actividades deportivas. Por dicha razón, y a la vista de los reiterados acontecimientos violentos que se manifiestan en el seno del deporte, resulta inaplazable la creación formal y regulación de un órgano ad hoc que contribuya a erradicar dicha violencia.

Desde el punto de vista competencial, el artículo 99 de la citada Ley 14/1998, es muy claro respecto a la competencia del Gobierno Vasco para crear y regular un comité contra la violencia en el deporte pues constituye un órgano adscrito a la Dirección de Deportes del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.

Además, el Decreto 34/2002, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, en su art. 2.i), recoge entre los órganos colegiados del Departamento, el Comité Vasco contra la Violencia en el Deporte.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 25 de mayo 2004,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Objeto

El presente Decreto tiene por objeto la creación y regulación del Comité Vasco contra la Violencia en el Deporte, previsto en el artículo 99 de la Ley 14/1998, del Deporte del País Vasco, como órgano adscrito al Departamento de Cultura.

Artículo 2 ¿ Definición.

El Comité Vasco contra la Violencia en el Deporte es un órgano independiente, adscrito al Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, aunque no se integrará en su estructura jerárquica.

Artículo 3 ¿ Funciones.

El Comité Vasco contra la Violencia en el Deporte tiene las siguientes funciones:

  1. Recoger, aprobar y publicar anualmente los datos sobre la violencia en las competiciones deportivas celebradas en el País Vasco y elaborar una Memoria anual.

  2. Realizar y aprobar informes y estudios sobre las causas y los efectos de la violencia en el deporte.

  3. Aprobar programas de prevención de la violencia en el deporte y promover acciones concretas.

  4. Elaborar recomendaciones a clubes, agrupaciones, federaciones deportivas y demás entidades o personas organizadorasde competiciones deportivas y titulares de instalaciones deportivas.

  5. Informar sobre aquellos proyectos de disposiciones en materia de competiciones deportivas, de disciplina deportiva y de instalaciones deportivas.

  6. Instar al órgano competente la incoación de expediente sancionador a las y los organizadores, espectadores y cualquier otra persona que, a su juicio, pudiera haber incurrido en alguna de las infracciones tipificadas en la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco.

  7. Impulsar la colaboración con las instituciones u órganos de naturaleza pública o privada que persigan fines análogos, especialmente con el Consejo Vasco de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas

  8. Cualesquiera otras funciones que colaboren en la erradicación de la...

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