REGLAMENTO de la policía de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado en sesión de la Junta de Seguridad de 15 de Junio de 1982. (Corrección de errores.)

Sección1 - Disposiciones Normativas

REGLAMENTO de la policía de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado en sesión de la Junta de Seguridad de 15 de Junio de 1982. (Corrección de errores.)

Advertidos errores en el texto del citado Reglamento publicado en el B.O.P.V. n.º 69 de 21 de Mayo de 1983, se efectúan a continuación las correcciones oportunas.

Dice Debe decir

ARTÍCULO 5

° línea 2.ª detuverien detuvieren

ARTÍCULO 37

línea 5.ª desempeñara desempeñaran

ARTÍCULO 51
  1. línea 1.ª cuatos cuantos.

ARTÍCULO 99
  1. c. línea 4.ª su puesto supuesto

ARTÍCULO 101

4 líneas 3.ª y 4.a desconfianza de confianza.

ARTÍCULO 105

2 línea 2.ª detino destino

ARTÍCULO 117

5 línea 3.ª afalta a falta

ARTÍCULO 126

línea 7.ª s se

ARTÍCULO 136

línea 3.ª infraganti in fraganti

ARTÍCULO 152

1 1 línea 4.ª servcio servicio

Disposición Adicional línea 4 ª.

Dice: De las Fuerzas Armadas de Cuerpos de Seguridad del Estado.

Debe decir: De las Fuerzas Armadas y de Cuerpos de Seguridad del Estado.

Materias:

CUERPO DE POLICIA DE LA CAPV;

REGLAMENTOS

Referencias Anteriores

Corrección de errores REGLAMENTO de 15/06/1982 publicado con fecha 21/05/1983

Vicepresidencia del Gobierno

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