DECRETO 87/1984, de 20 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria. (Corrección de errores.)

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 87/1984, de 20 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria. (Corrección de errores.)

Advertidos errores en el texto del citado Decreto publicado en el

B.O.P.V. n ° 64, de 16 de Abril de 1984, se realizan a continuación las correcciones, oportunas:

Pág. 2006 (primer apartado): Donde dice: "...a propuesta de los

Consejeros de Sanidad y Seguridad Social de Economía y Hacienda, ...", debe decir: "...a propuesta de los Consejeros de Sanidad y

Seguridad Social y de Economía y Hacienda ...". Pág. 2007 (Art. 1.2):

Donde dice: "Los ingresos que ..., formar parte del patrimonio de la

Entidad...", debe decir: "Los ingresos que..., forman parte del patrimonio de la Entidad...".

Pág. 2011 (Art. 12d): Donde dice: "Número mínimo de asociados para la invalidez del estudio", debe decir: "Número mínimo para la validez del estudio". '

Pág. 2013 (Art. 21 ): Donde dice: "En caso de domicilio social dentro del mismo término municipal...", debe decir: "En caso de cambio de domicilio social dentro del mismo término municipal...".

Pág. 2019 (Art. 56): Donde dice: "Sólo utilizar la denominación...", debe decir: "Sólo podrá utilizar la denominación... .

Pág. 2022 (Art. 69): Donde dice: "El Departamento de Economía y

...

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