DECRETO 155/1997, de 24 de junio, de modificación del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 155/1997, de 24 de junio, de modificación del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo.

El Uso Público en un Espacio Natural Protegido hace referencia a todos aquellos aspectos de gestión que tienen relación con los visitantes. Conocer cuantitativa y cualitativamente al visitante, su distribución espacial y temporal, las actividades que realiza y el impacto que éstas ocasionan, permite predecir una serie de pautas para su control y manejo.

Tras un estudio y análisis de la afluencia de visitantes, tipología de los mismos, actividades que realizan en el Parque, impactos producidos sobre el medio natural, social y en las infraestructuras y servicios existentes, se han obtenido las siguientes conclusiones:

  1. ¿ La afluencia de visitantes a Valderejo ha ido aumentando desde el momento de su declaración; siendo de casi 75.000 los visitantes estimados para el año 1995.

  2. ¿ Coincidiendo con domingos de primavera y otoño de buen tiempo, así como Semana Santa, puentes y festivos, la afluencia ha sido máxima, rebasándose la capacidad de acogida de las infraestructuras.

  3. ¿ No se aprecian deterioros, ocasionados por tal afluencia, que no puedan ser corregidos mediante medidas adecuadas de gestión.

  4. ¿ Las infraestructuras más frecuentadas son el área recreativa y las sendas (sobre todo la Senda Purón desde Lalastra a Ribera y la Senda San Lorenzo).

  5. ¿ Los impactos, en general, se reducen a los derivados del pisoteo, sobre todo en el área recreativa y en las sendas donde existen ciertos puntos en los que se rebasa el «Límite de Cambio Aceptable». No se han detectado impactos que afecten a la fauna o a la calidad de aguas.

Mediante Decreto 174/1995, de 28 de febrero, se aprobó el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo. En su Disposición Final Primera se establece que el Órgano Responsable de la Gestión del Parque Natural de Valderejo, evaluadas las necesidades del espacio natural, elaborará un proyecto de Plan de Uso Público que, tramitado conforme a lo fijado en el artículo 29 de la Ley 16/1990, se integrará en el Plan Rector de Uso y Gestión.

En su virtud, cumplidos los trámites preceptivos, a propuesta del Consejero de Industria, Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de junio de 1997,

DISPONGO:

Artículo único ¿ Aprobar la modificación del artículo 15 del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Valderejo, de conformidad con lo que se publica como anexo al presente Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 1997.

El Vicepresidente,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Industria, Agricultura y Pesca,

JAVIER RETEGUI AYASTUY.

ANEXO

PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NATURAL DE VALDEREJO

«Artículo 15.¿ Uso Público.

A.¿ Objetivos.

  1. Impedir que el Uso Público interfiera en la calidad de los recursos naturales y culturales; en definitiva, en la conservación del Parque.

  2. Estabilizar la afluencia de visitantes al año, intentando disminuir el número de días pico en que la afluencia es máxima.

  3. Mantener la tipología de visitantes observada.

  4. Priorizar el acceso al parque por Lalastra, para controlar, de esta forma, la distribución espacial de los visitantes y las actividades que realizan.

  5. Adecuar el régimen de visitas a la oferta de infraestructuras y servicios, llegando a un público más amplio en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR