DECRETO 278/1993, de 7 de octubre, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial la toma de participación en el capital social de la Sociedad «CEI-BERRILAN, S.A.».
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Industria y Energia; Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 278/1993, de 7 de octubre, por el que se autoriza a la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial la toma de participación en el capital social de la Sociedad «CEI-BERRILAN, S.A.».
El artículo 4-2 de la Ley 5/1981, de 10 de junio, sobre «Creación de la Sociedad para la Promoción y
Reconversión Industrial», establece que la Sociedad podrá participar en el capital social de empresas de particular interés, previa autorización del Gobierno Vasco y en las condiciones que en cada caso se determinen.
El artículo 44,2 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que el Gobierno podrá autorizar a los Entes Públicos de Derecho Privado la creación ó participación en Sociedades de cualquier clase, con cargo a sus respectivos presupuestos, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y
Hacienda y del Consejero del Departamento del que dependan los Entes Institucionales mencionados.
Habiendo adoptado el Consejo de Administración de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial,
S.A. en su reunión de fecha 23 de julio de 1993, el acuerdo de participar en el capital social de la nueva sociedad «CEI-BERRILAN, S.A.»; por un importe de veintiun millones (21.000.000) de pesetas, equivalente a una participación del 30% de dicho capital que asciende a setenta millones (70.000.000) de pesetas; y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el párrafo anterior, de autorización del Consejo de Gobierno.
En su virtud, a propuesta de los Consejeros de
Industria y Energía y de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 7 de octubre de 1993,
DISPONGO:
S.A.», a constituir junto con la Diputación Foral de
Gipuzkoa, D.E.B.E.G.E.S.A., Alfa-Lan y Tekniker; por un importe de veintiun millones (21.000.000) de pesetas, equivalente a una participación del 30 % de dicho capital que asciende a setenta millomes (70.000.000) de pesetas.
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