DECRETO 107/2003, 20 de mayo de 2003, por el que se reconoce como de Utilidad Pública a la Asociación Vizcaina de Diabéticos (Asvidia).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Justicia, Empleo y Seguridad Social; Sanidad; Vivienda y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 107/2003, 20 de mayo de 2003, por el que se reconoce como de Utilidad Pública a la Asociación Vizcaina de Diabéticos (Asvidia).

El artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las Asociaciones inscritas que contribuyen mediante el desarrollo de sus actividades a la promoción del interés general de Euskadi.

A su amparo, la Asociación Vizcaina de Diabéticos (Asvidia) ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que realiza en orden a ayudar a los afectados por la diabetes a vivir en equilibrio, armonía y paz la hacen merecedora de reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

La Asociación solicitante es una entidad constituida en 1978, inscrita en el Registro de Asociaciones con fecha 13 de febrero de 1979, que extiende su ámbito de actuación principalmente al territorio histórico de Bizkaia y tiene fijado su domicilio social en Bilbao (Bizkaia).

Desde su constitución la Asociación Vizcaina de Diabéticos (Asvidia) está contribuyendo a crear en los afectados por la diabetes, a través de colonias, cursillos, convivencias, boletines, ayudas médicas, servicios de asesoría jurídica y asistencia psicológica individualizada y de grupo... una mentalidad de salud, de tal manera que con muy limitadas restricciones puedan proyectar una vida normal y libre como el resto de los humanos, evitando dos graves peligros psicológicos: la inconsciencia y la obsesión lo que le ha reportado un prestigio y reconocimiento unánimes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda por razón de la materia, previo informe de los mismos y de los entes y organizaciones interesados. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los...

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