DECRETO 41/2009, de 17 de febrero, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de los Centros de Apoyo a la Formación e Innovación Educativa (Berritzegunes).
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Febrero de 2009 |
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Educacion, Universidades e Investigacion |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, regula en el Capítulo I de su Título II, dedicado a la estructura y organización de la función pública docente, las condiciones que deben determinarse en las relaciones de puestos de trabajo, señalando con respecto a ella los principios básicos así como los cauces procedimentales que deben observarse en su elaboración.
De esta forma, el artículo 5 del citado texto legal dispone el contenido mínimo que en cualquier caso deben contener las citadas relaciones: denominación, Servicio de Apoyo a la docencia, los requisitos exigidos para su desempeño, entre los que necesariamente debe figurar el perfil lingüístico asignado y la fecha de preceptividad; la adscripción al grupo, cuerpo o escala o categoría laboral que en cada caso corresponda; y por último, tratándose de puestos reservados a funcionarios y funcionarias, el complemento específico y el sistema de provisión.
Por su parte, la letra l) del artículo 4, en congruencia con la letra h) del artículo 5 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de Función Pública Vasca que reconoce la competencia para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo al Gobierno, reserva la facultad de propuesta de las relaciones de puestos de trabajo docentes al Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
En esta relación de puestos de trabajo se ha tenido en cuenta la regulación de la estructura, organización y funcionamiento y la creación de un nuevo Berritzegune recogido en el Decreto 40/2009, de 17 de febrero.
Se han seguido, asimismo, los criterios para la determinación de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad establecidas por el Decreto 368/2001, de 26 de diciembre, que modifica el Decreto 25/2001, de 13 de febrero (BOPV de 16 de febrero de 2001) para los puestos de trabajo de los Servicios de Investigación y Apoyo a la docencia.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de febrero de 2009,
DISPONGO:
Esta relación es la que aparece en el anexo. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios y funcionarias docentes indicándose en el mencionado anexo los requisitos exigidos para su desempeño. Dicha relación de puestos de trabajo tendrá efectos de 1 de septiembre de 2008.
En las convocatorias que se realicen para el desempeño provisional de los puestos de trabajo se valorarán las titulaciones y/o habilitaciones precisas que, dependiendo de las prioridades que el Berritzegune correspondiente determine, respondan a las necesidades específicas de la zona.
Los funcionarios y funcionarias que accedan a estos puestos de trabajo mantendrán el complemento de destino correspondiente al cuerpo de procedencia. Mantendrán así mismo el complemento específico correspondiente a dicho cuerpo incrementándose, además, las siguientes cantidades anuales íntegras correspondientes al ejercicio 2008 en concepto de retribución por el cargo:
Berritzegune zonal:
Cargo Importe anual (en euros)
Director o directora:
Asesor o asesora: 6.444,05
4.372,85
Berritzegune para la Comunidad:
Cargo Importe anual (en euros)
Director o directora:
Responsables de líneas prioritarias y otros programas específicos:
Asesor o asesora: 8.654,95
5.001,27
4.372,85
Estas cuantías anuales integras se distribuirán mensualmente según se regula en el artículo 21 apartado 8 de la Ley 15/2007, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008.
Queda derogado el Decreto 26/2001, de 13 de febrero, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de los Centros de Apoyo a la Formación e Innovación Educativa.
El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de febrero de 2009.
El Lehendakari,
JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.
ANEXO AL DECRETO 41/2009, DE 17 DE FEBRERO
BERRITZEGUNE: A01 SEDE: VITORIA-GASTEIZ
Puesto Perfil lingüístico Titulación Experiencia Grupo
Dirección. 2 vencido Titulación superior En funciones directivas o similares: 3 años A/B
Asesoría de Etapa:
Infantil-Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Infantil-Primaria. 2 vencido Habilitación en Educación Infantil En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito socio-lingüístico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito socio-lingüístico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito científico-tecnológico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito científico-tecnológico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Trastornos generales del desarrollo. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Desarrollo de capacidades de aprendizaje. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Inserción social. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Accesibilidad y desarrollo de la comunicación. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Desarrollo de capacidades de aprendizaje. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Inserción social. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de Programa:
Normalización lingüística. 2 vencido En normalización lingüística: 3 años A/B
Asesoría de Programa:
Tecnologías de la Información y de la Comunicación. 2 vencido En las TIC: 3 años A/B
BERRITZEGUNE: A02 SEDE: VITORIA-GASTEIZ
Puesto Perfil lingüístico Titulación Experiencia Grupo
Dirección. 2 vencido Titulación superior En funciones directivas o similares: 3 años A/B
Asesoría de Etapa:
Infantil-Primaria. 2 vencido Habilitación en Educación Infantil En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Primaria. 2 vencido En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años B
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito socio-lingüístico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito socio-lingüístico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito científico-tecnológico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de Etapa:
Secundaria. Ámbito científico-tecnológico. 2 vencido Titulación superior relacionada con el ámbito En la etapa o en asesoramiento de la etapa: 3 años A
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Trastornos generales del desarrollo. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Desarrollo de capacidades de aprendizaje. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Inserción social. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Accesibilidad y desarrollo de la comunicación. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Desarrollo de capacidades de aprendizaje. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Accesibilidad y desarrollo de la comunicación. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En Educación Especial: 3 años A/B
Asesoría de necesidades educativas especiales:
Inserción social. 2 vencido Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía En...
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