DECRETO 287/1.986, de 30 de Diciembre, sobre prórroga de la vigencia de disposiciones normativas que afectan a áreas de actuación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 287/1.986, de 30 de Diciembre, sobre prórroga de la vigencia de disposiciones normativas que afectan a áreas de actuación del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

El Título IX de la Ley 31/1.983 de 20 de Diciembre de Régimen

Presupuestario de Euskadi establece el régimen de prórroga de la Ley de Presupuestos Generales de un ejercicio en el caso de que ésta extendiera su vigencia al ejercicio siguiente, circunstancia que se producirá al no haberse aprobado la

Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1.987 en el plazo previsto.

Al objeto de evitar los problemas derivados de la falta de cobertura presupuestaria para la realización de diversas actuaciones del

Departamento de Educación, Universidades e Investigación se hace preciso mantener la vigencia de determinadas disposiciones que aseguren, al amparo del Apartado b) del Artículo 141 de la citada

Ley, el adecuado soporte financiero.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Educación, Universidades e Investigación previa deliberación y aprobación del Consejo de

Gobierno el día 30 de Diciembre de 1.986

DISPONGO: Artículo Primero.- A los efectos de lo previsto en el

Artículo 141 6

) de la Ley 31/1.983 de 20 de Diciembre de Régimen.

Presupuestario de Euskadi, se prorroga, en tanto no entre en vigor la

Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1.987, la vigencia de las disposiciones señaladas en el Anexo.

Artículo Segundo Se faculta al Consejero de Educación,

Universidades e Investigación para establecer los plazos necesarios, así como las demás condiciones y requisitos que, por ser de aplicación durante el ejercicio de 1.986, no se correspondan con los términos literales de las disposiciones señaladas en el Anexo.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor y surtirá efectos desde el día 1 de Enero de 1.987.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 30 de Diciembre de 1986. El Lehendakari,

JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JUAN CHURRUCA ARELLANO. ANEXO ORDEN del Departamento de Educación,

Universidades e Investigación de 10 de Enero de 1.986, por la que se convocan bolsas para desplazamiento y asistencia a Convenciones y

Congresos Científicos y Técnicos.

ORDEN del Departamento de Educación, Universidades e Ivestigación de 27 de Diciembre de 1.985, por la que se convoca una beca de...

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