ORDEN de 20 de julio de 2011 de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, para premiar los mejores materiales didácticos audiovisuales y de software en euskera de niveles no universitarios (concurso Migel Altzo de 2011).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyOrden

Son muchas las actividades que, año tras año, promueve el Departamento de Educación, Universidades e Investigación al objeto de fomentar la producción de materiales didácticos en euskera, según lo establecido en el Decreto 138/1983 (BOPV, n.º 108, de 19 de julio) y en la Orden del 1 de agosto de 1983 (BOPV, n.º 122, de 19 de agosto) que lo desarrolla. El programa EIMA es reflejo de ese trabajo llevado a cabo durante años.

Entre otros, gracias a esto, la producción de materiales didácticos en euskera es hoy una realidad que intenta aportar lo mejor de sí a los continuos procesos de remodelación y mejora de la educación y el sistema educativo.

No obstante, aun cuando las iniciativas tendentes a incrementar el número de dichos materiales sean convenientes y necesarias, es imprescindible que los mismos, merced a sus características técnicas y de calidad, accedan adecuadamente al mundo educativo y cuenten con su aceptación. En este sentido, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, al hilo de cuanto viene haciendo anualmente desde 1985, ha resuelto seguir potenciando y premiando la calidad de dichos materiales.

Por todo ello,

DISPONGO:

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

Artículo 1 Convocar el concurso «Migel Altzo» correspondiente al año 2011, para seleccionar y premiar los mejores y/o más adecuados materiales didácticos audiovisuales y de software educativo, de niveles no universitarios, producidos y distribuidos en euskera.
Artículo 2 La participación en el presente concurso comporta la aceptación de las condiciones señaladas en esta convocatoria.
CAPÍTULO II Artículos 3 a 5.1

DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA

Artículo 3 Podrán acogerse a este concurso las personas interesadas que, estando legalmente constituidas, participan en la producción de material didáctico audiovisual o de software educativo en euskera.

No podrán concurrir, durante el período que establezca la correspondiente sanción, a las convocatorias de las subvenciones y ayudas reguladas en esta Orden, las personas o entidades sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que están incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 4 La presente convocatoria abarca los siguientes materiales didácticos audiovisuales o de software educativo, producidos en euskera y destinados a niveles no universitarios:
  1. materiales en soporte vídeo

  2. materiales en soporte audio

  3. software educativo (CD-ROM, Internet...)

Artículo 5.- 1 Podrán participar en el presente concurso los materiales didácticos audiovisuales y de software educativo producido y distribuido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010.
  1. - Como fecha de producción se tomará la fecha de idoneidad del material educativo, independientemente del formato en el que se presente. La fecha de idoneidad será la que expide el Departamento de Educación, según lo establecido en el Decreto 295/1998 de 3 de noviembre.

CAPÍTULO III Artículo 6

MATERIALES EXCLUIDOS

Artículo 6 No podrán participar en esta convocatoria los materiales didácticos audiovisuales o de software educativo en los cuales concurra cualquiera de las siguientes características:
  1. Materiales didácticos que no cumplan alguno(s) de los requisitos mencionados con anterioridad.

  2. Materiales didácticos que no cuenten con la correspondiente idoneidad técnica e idiomática, según lo establecido en el Decreto 295/1998 de 3 de noviembre.

  3. Reediciones o adaptaciones de materiales didácticos producidos en años anteriores.

CAPÍTULO IV Artículo 7.1

CUANTÍA DE LOS PREMIOS

Artículo 7.- 1 Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, durante el presente ejercicio 2011, la cantidad de doce mil (12.000) euros, con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAPV

El concurso «Migel Altzo» premiará los mejores materiales didácticos entre los que se hayan presentado y cumplan todos los requisitos de la convocatoria. Se otorgarán 3 premios:

1er premio: 5.000 euros

  1. premio: 4.000 euros

3er premio: 3.000 euros

Junto con los premios...

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