DECRETO 176/2003, de 22 de julio, por el que se planifica la oferta de máquinas de juego de tipo B en Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyDecreto

DECRETO 176/2003, de 22 de julio, por el que se planifica la oferta de máquinas de juego de tipo B en Euskadi.

La Ley 4/1991, de 8 de noviembre, Reguladora del Juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco, otorgó a la Administración la facultad de intervención en orden a la planificación y control del juego, basándose en el equilibrio de la oferta de las diversas actividades de juego y poniendo límites al desarrollo incontrolado de cada subsector.

Por otra parte, la Disposición Final Segunda de dicha Ley faculta al Consejo de Gobierno, en uso de la competencia de planificación que se le atribuye y, atendiendo a las circunstancias económicas y sociales, a revisar con periodicidad trianual los límites cuantitativos relativos, entre otros, al número máximo de autorizaciones de elementos de juego de cada modalidad incluida en el Catálogo de Juegos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En virtud de estos criterios, tanto la propia Ley 4/1991, como el Consejo de Gobierno, han realizado planificaciones de determinados elementos cuantitativos de juego. Así, se han establecido límites al crecimiento máximo de cada subsector, referidos, entre otros, al número de autorizaciones de casinos y su distribución geográfica, al aforo máximo de las salas de bingo en su conjunto o a la distancia máxima entre salones de juego.

En cuanto a las autorizaciones para la explotación de máquinas de juego de tipo B, y como continuación de la planificación inicial establecida en la Ley 4/1991, el vigente Reglamento de máquinas, aprobado por el Decreto 308/1996, de 24 de diciembre procedió a realizar, entre otras cuestiones, una planificación más pormenorizada, llegando a determinar el número de elementos de juego que pueden instalarse en establecimientos de hostelería, bingos o salones de juego, así como las normas antimonopolio para la detentación de autorizaciones de juego por las empresas titulares.

En el momento actual, se considera que el permanente crecimiento del número autorizaciones de máquinas de juego de tipo B en la suma de los establecimientos hosteleros, bingos y salones de juego ha llegado a un volumen que se estima suficiente para atender adecuadamente la demanda de esta modalidad de juego y que, asimismo, su crecimiento...

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