DECRETO 159/1997, de 24 de junio, de modificación del Decreto por el que se regula la concesión de ayudas destinadas a Entidades Locales para la ejecución de los Planes Especiales de Revitalización Comercial, (PERCO).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorComercio, Consumo y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 159/1997, de 24 de junio, de modificación del Decreto por el que se regula la concesión de ayudas destinadas a Entidades Locales para la ejecución de los Planes Especiales de Revitalización Comercial, (PERCO).

El Departamento de Comercio, Consumo y Turismo del Gobierno Vasco ha venido elaborando los Planes Especiales de Revitalización Comercial con el fin de conseguir un equilibrio económico y social entre el centro de las ciudades y los polos comerciales más alejados, potenciando asimismo el empleo en el sector y adecuando los espacios urbanos hacia la actividad comercial.

En dichos Planes se realiza un diagnóstico de la situación comercial actual y futura de determinadas áreas geográficas y se llevan a cabo acciones urbanísticas, comerciales y empresariales que contribuyen a generar una estructura comercial equilibrada y a potenciar la capacidad de atracción de la demanda comercial, con el objetivo de frenar los efectos desertizadores que pueden sufrir determinadas zonas urbanas.

Los Percos que se han venido elaborando y ejecutando, desde 1994, en municipios de más de 50.000 habitantes han obtenido grandes resultados.

En base a ello y manteniéndose en la misma línea de actuación, el Departamento de Comercio, Consumo y Turismo ha estimado conveniente extender los efectos de los Planes Especiales de Revitalización Comercial a otras entidades locales menores de la CAPV que, contando con una población de más de 15.000 habitantes y hallándose ubicadas en áreas industriales desfavorecidas, presenten proyectos de urbanización en zonas comerciales, dirigidos fundamentalmente a potenciar e impulsar los núcleos urbanos de las mismas.

Por otro lado este criterio, que coincide con el establecido por el Gobierno en el «Plan Interinstitucional de Infraestructuras y Revitalización de Zonas Desfavorecidas» al definir dichas zonas, va a permitir en gran medida contribuir a generar una sinergia positiva para el desarrollo económico y social de estos municipios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Comercio, Consumo y Turismo, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de junio de 1997,

DISPONGO:

Artículo único ¿ Los artículos y párrafos que a continuación se relacionan...

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