RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2002, del Viceconsejero de Innovación y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2002.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2002, del Viceconsejero de Innovación y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2002.

La Orden de 28 de noviembre de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, regula las ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los créditos prorrogados al inicio de este ejercicio destinados a la concesión de las citadas ayudas han de sujetarse al régimen de prórroga establecido por el Título IX del texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, sin perjuicio de las autorizaciones contenidas en la Ley 1/2002, de 23 de enero, o en otras disposiciones de igual rango.

De conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2002, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 9 de la orden de referencia.

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Objeto.

Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2002 de las ayudas previstas en la Orden de 28 de noviembre de 2000 del Consejero de Industria, Comercio y Turismo por la que se regulan las ayudas a las agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para este fin se destinará un total de 2.073.490 euros para 2002, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá, por tanto, la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. De la concurrencia de cualquiera de dichas circunstancias se dará publicidad mediante Resolución...

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