DECRETO 548/1991, de 15 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la instalación de la línea eléctrica aérea, de 13 Kv., Ortuella-Urioste, derivación al C.T. n.° 764 denominado «Zamarripa», en el término municipal de Ortuella (Bizkaia).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorIndustria y Energia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 548/1991, de 15 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la instalación de la línea eléctrica aérea, de 13 Kv., Ortuella-Urioste, derivación al C.T. n.° 764 denominado «Zamarripa», en el término municipal de Ortuella (Bizkaia).

La empresa Sociedad Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S.A. ha solicitado del Departamento de Industria y Energía la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la instalación de la línea eléctrica de referencia.

La solicitud ha sido hecha en base a lo dispuesto en los artículos 11 de la Ley 10/1966 y 31 del Reglamento sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por

Decreto 2619/ 1966.

La instalación eléctrica alimentará una báscula de pesaje de camiones en la autopista Ugaldebieta III, en la cual se opera en la actualidad, unicamente con la terminal mecánica, realizando funciones mínimas sin poder utilizarse la terminal electrónica por carecer de energía eléctrica.

Dicha instalación obtuvo la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública por Resolución de la

Delegación Territorial de Industria en Bizkaia, de fecha de 17 de octubre de 1990, Ilevando implícita tal declaración la de necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, así como la imposición de la servidumbre de paso de la energía eléctrica.

Tramitado el expediente por la Delegación citada, de acuerdo con la normativa vigente, el órgano instructor informa, previa comprobación sobre el terreno afectado, que, en la traza de la línea proyectada, no existe ninguna edificación ni dependencias de las señaladas en el artículo 25 del Decreto 2619/66, de 20 de octubre, ni se dan conjuntamente las circunstancias establecidas en el artículo 26 del mismo Decreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria y Energía, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 15 de octubre de 1991

DISPONGO:

Artículo 1 A los efectos previstos en la Ley 10/1966, de

Expropiación Forzosa y servidumbres de paso para instalaciones de energía eléctrica, de 18 de marzo de 1966, y su Reglamento sobre

Expropiación forzosa y...

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