DECRETO 431/1995, de 26 de septiembre, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Orio a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de Regeneración de la Playa y Paseo Marítimo en la Playa Antilla de Orio'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 431/1995, de 26 de septiembre, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Orio a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Regeneración de la Playa y Paseo Marítimo en la Playa Antilla de Orio".

Por acuerdo del Ayuntamiento de Orio de 26 de mayo de 1995 y previa deliberación de la Comisión de

Gobierno, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Regeneración de la Playa y Paseo Marítimo en la Playa Antilla de Orio», acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno

Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, durante quince días, presentándose diversos escritos de alegaciones que fueron resueltos en los términos que constan, en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de garantizar la correcta ordenación urbanística del suelo afectado cuyo destino es incorporar al sistema general de espacios libres, mediante la recuperación del borde de la playa como espacio de uso y dominio público y su transformación en paseo marítimo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al

Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución...

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