ORDEN de 24 de febrero de 2011, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se nombran los miembros del Consejo de Sanidad de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorSanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

El Decreto 260/1999, de 22 de junio, por el que se regulan el Consejo de Sanidad de Euskadi y los Consejos Área de Salud de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, establece en su artículo 3 que dichos órganos estarán presididos por el Viceconsejero de Planificación y Ordenación Sanitaria del Departamento de Sanidad y Consumo o persona que le sustituya y estarán integrados por representantes de las Administraciones Locales y Forales, de Colegios Profesionales sanitarios, de las asociaciones de consumidores y usuarios y de los sindicatos y organizaciones empresariales.

Con excepción de los miembros representantes de las Diputaciones Forales y de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, cuyos nombramientos se efectuaron mediante Orden de 3 de julio de 2008 del Consejero de Sanidad, el resto de los miembros han superado el periodo de 4 años para el que fueron nombrados.

Concurre también la circunstancia de que varias personas han cesado en el cargo en función del cual accedieron a la designación como miembros del Consejo de Sanidad de Euskadi.

Para la renovación de los nombramientos, se ha requerido a los organismos, entidades y organizaciones implicadas la designación de sus representantes y, conforme al artículo 3 del citado Decreto 260/1999, corresponde al Consejero de Sanidad y Consumo su nombramiento como miembros del Consejo de Sanidad de Euskadi.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1 Nombrar como miembros del Consejo de Sanidad de Euskadi a las siguientes personas:

- Presidente:

D. Jesús María Fernández Díaz, en su condición de Viceconsejero de Sanidad.

- Representante de los Colegios Oficiales de Médicos de Euskadi:

Titular: D. Cosme Naveda Pomposo.

- Representante de los Colegios Oficiales de Enfermería de Euskadi:

Titular: D. Ignacio González Sanz.

Suplente...

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