ORDEN de 4 de julio de 2011, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se modifica la clasificación de la Zona Farmacéutica Lasarte-Oria.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorSanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

El artículo 10 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, establece tres tipos de zonas farmacéuticas, en función de las zonas de salud existentes en un municipio o a la inversa, con la excepción prevista en el artículo 11.3.

Dicha excepción es la siguiente: en los casos en que una zona de salud comprenda, total o parcialmente, varios municipios, debe tomarse como zona farmacéutica la delimitación de la zona de salud -artículo 10, apartado c) de la Ley-, salvo que uno de los municipios que la conforman concentre, al menos, el 75% del total de habitantes de la misma, en cuyo caso la zona farmacéutica será clasificada como perteneciente al apartado b) del artículo 10 («en los casos en que una zona de salud comprenda la totalidad de un único municipio, la zona farmacéutica coincidirá territorialmente con la zona de salud y con el municipio»).

Tal era el caso de Zona Farmacéutica Lasarte-Oria, compuesta por los municipios de Lasarte-Oria y Usurbil y en la que el primero concentraba al menos el 75% de los habitantes de la Zona Farmacéutica. Ello motivó que la Orden de 5 de diciembre de 2002, del Consejero de Sanidad, por la que se da publicidad a la clasificación de las zonas farmacéuticas con indicación de los municipios comprendidos en cada una de ellas, clasificara la Zona Farmacéutica Lasarte-Oria con el n.º 19 de las correspondientes al artículo 10.1.b) de la Ley.

Sin embargo, de los datos de población obtenidos de los Ayuntamientos implicados y del Instituto Nacional de Estadística se desprende que la situación de concentración se ha visto alterada y que el municipio de Lasarte-Oria no concentra ya el 75% de la población de la Zona Farmacéutica, razón por la que procede modificar su clasificación.

Por todo ello,

RESUELVO:

Artículo único

Modificar la...

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