ORDEN de 8 de abril de 2020, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se realiza una emisión de Deuda Pública de Euskadi por importe de ochenta y un millones quinientos mil euros y se fijan las características de la misma.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Departamento de Hacienda y EconomÍA |
Rango de Ley | Orden |
El Decreto 18/2020, de 18 de febrero, acuerda y autoriza la realización de operaciones de endeudamiento para el ejercicio 2020, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, en su artículo 10, apartado 1.
La Disposición Adicional del mencionado Decreto establece que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, corresponde al Consejero de Hacienda y Economía, mediante Orden, publicada, en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores, en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento acordadas y autorizadas en virtud de esa disposición, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma.
En virtud de todo lo cual,
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Importe nominal: 81.500.000 euros.
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Modalidad: obligaciones.
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Procedimiento de emisión: colocación privada.
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Fecha de emisión y desembolso: 22 de abril de 2020.
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Interés: 1,75 % nominal anual, con pago el 22 de abril de cada año.
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Precio de emisión: 98,757 %.
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Precio de amortización: a la par, por el valor nominal.
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Fecha de amortización: 22 de abril de 2050.
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Representación de los valores: anotaciones en cuenta.
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Valor unitario: mil (1.000,00) euros.
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Cotización de la emisión: Bolsa de Bilbao.
El Departamento de Hacienda y Economía facilitará la suscripción de los valores de la emisión a través de la entidad o entidades mandatadas para la realización de la...
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