ORDEN de 5 de mayo de 2016 del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se procede al nombramiento de las personas que, por designación del Departamento de Hacienda y Finanzas, integran la Comisión de Valoración, Selección y Acceso a la documentación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi (COVASAD).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Hacienda y Finanzas
Rango de LeyOrden

El Decreto 174/2003, de 22 de julio, de organización y funcionamiento del Sistema de Archivo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, regula en la sección segunda de su capítulo II el Órgano Asesor que se encargará de analizar las series documentales que genere esta Administración. Así, en el artículo 15 de dicho Decreto se dispone la composición de la referida Comisión, composición desarrollada, a su vez, en la Orden de 19 de diciembre de 2005, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre el procedimiento para la identificación y valoración documental, y el funcionamiento de la Comisión de Valoración, Selección y Acceso a la Documentación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (COVASAD).

De dichas normas resulta que, por designación del Departamento de Hacienda y Finanzas, han de formar parte de la citada Comisión: un Presidente o Presidenta, que lo será la persona titular de la Dirección de Recursos Generales; Un Vicepresidente o Vicepresidenta, que lo será quien ocupe la jefatura del Servicio de Gestión del Sistema de Archivo, así como tres vocales (dos técnicos archiveros del servicio de Gestión del Sistema de Archivo y un letrado del departamento). Asimismo, de conformidad al artículo 15.1 f) del citado Decreto será miembro de la Comisión «un representante de la investigación científica e histórica, especialista en Historia Contemporánea o Historia del Derecho», nombrado por el Departamento de Hacienda y Administración Pública y en el apartado segundo añade que «los vocales de la Comisión serán nombrados por el titular de cada departamento».

Teniendo esto en cuenta y, al objeto de hacer efectivo lo previsto en dicho Decreto, de conformidad, además, con lo dispuesto en el Decreto 192/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas, y haciendo uso de las facultades que la legislación vigente me confiere,

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