ORDEN de 4 de mayo de 2020, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se establece un programa de ayudas para la implantación de sistemas de gestión medioambiental, energética y de calidad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

La implantación de sistemas de gestión medioambiental y energética en las empresas de transporte público de mercancías y personas viajeras en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, tiene por objeto permitir a la empresa disponer de un sistema eficaz que representa su compromiso con la preservación del entorno, así como disponer de los mecanismos de control de las actividades, productos o servicios que puedan tener un impacto negativo sobre el medio ambiente y el cumplimiento con los requisitos legales ambientales, contribuyendo en la consecución de un sistema de transporte sostenible.

El mismo objeto presenta la implantación de sistemas de gestión de calidad que permite lograr una mayor seguridad, calidad, transparencia y agilidad en la prestación del servicio; por un lado es positivo para la empresa de transporte, que moderniza su estructura con un sistema que le va a permitir gestionar y prestar los servicios en clave de calidad y satisfacción del cliente; y por otro lado es beneficioso cara a la persona usuaria que obtiene un servicio superior en calidad, transparencia y seguridad.

La implantación de los mencionados sistemas de gestión se presenta como sinónimo de buena Gestión Empresarial, lo que se traduce en productos y servicios competitivos. La forma de gestionar las empresas, en un entorno cada día más incierto, global y competitivo, tiene una importancia estratégica. La certificación que acredita la correcta implantación de aquellos sistemas tiene un período de vigencia limitado. Es por ello que parece necesario apoyar, además de la propia implantación de los propios sistemas en las empresas, los gastos necesarios para que las propias empresas puedan renovar y/o actualizar dichos certificados con el fin de prorrogar la vigencia de los mismos.

Este programa de apoyos está contemplado en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020, aprobado por Orden de 19 de febrero de 2020 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y que puede ser consultado en la sede electrónica www.euskadi.eus. Por lo tanto, es una actuación que se enmarca dentro de los objetivos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de avanzar hacia un Transporte Sostenible, potenciar la modernización del sector del transporte público de mercancías y personas viajeras, mediante la mejora en la calidad del servicio que se presta a las personas usuarias.

Según los créditos autorizados por la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria.

Con el fin de facilitar a la ciudadanía sus relaciones con la administración y de mejorar la eficiencia administrativa interna en la gestión de las ayudas, se ha desarrollado la tramitación telemática del procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que se ha recogido de forma conveniente en la presente Orden.

Estas ayudas están sujetas al Reglamento (CE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis (DOUE L 352/1, de 24-12-2013), así como a sus modificaciones posteriores.

En su virtud y en ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 3.1 del Decreto 74/2017, de 11 de abril, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, puesto en relación con el Título VI y los Capítulos II y III del Título VII del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

Artículo 1 – Objeto y hecho subvencionable.
  1. – La presente Orden tiene por objeto el fomento de la implantación de los sistemas de gestión medioambiental, energética y de calidad o, en su caso, renovación o actualización de los sistemas de gestión previamente implantados, en las empresas de transporte público pesado de mercancías y personas viajeras por carretera de la CAPV y, para ello, se regula la concesión de ayudas a la elaboración de proyectos, que deberán ser llevados a cabo durante el año 2020 y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de 2020, realizados por profesionales o consultoras externos especializadas en la materia, independientes de la persona beneficiaria, subvencionándose:

    1. Gastos de asesoramiento externo realizados en proyectos de implantación de sistemas de gestión medioambiental, energética y de calidad.

    2. Gastos ocasionados con motivo de la realización de auditorías para obtener la certificación y/o registro de empresas ante los organismos correspondientes.

    3. Gastos ocasionados con motivo de la realización de auditorías con el objeto de la renovación de la certificación previamente obtenida o, en su caso, aquellos gastos de asesoramiento externo que fueran necesarios para adaptar a las empresas que estén de forma previa en posesión de una certificación, a los requisitos establecidos por la normativa de la nueva versión de dicha certificación.

  2. – Se apoya la implantación de los siguientes sistemas:

    – Sistema integrado de Calidad ISO 9001 y de medio ambiente ISO 14001.

    – Sistema de gestión de Calidad en base a la Norma ISO 9001.

    – Sistema de gestión medioambiental en base a la Norma ISO 14001 en una ISO 9001 existente.

    – Sistema de gestión medioambiental en base a la Norma ISO 14001.

    – Sistema de gestión medioambiental en base al Reglamento EMAS.

    – Sistema de gestión medioambiental en base a la Norma Ekoscan 2004.

    – Sistema de calidad EN-UNE 13816.

    – Sistema de Gestión de la Seguridad Vial, RTS (Road Traffic Safety), en base a la Norma ISO 39001.

    – Sistema de Gestión Energética UNE-EN ISO 50001.

  3. – Para la financiación de las ayudas previstas en la presente Orden se destina la cantidad de cuarenta mil (40.000,00) euros que proceden de las correspondientes partidas consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  4. – Los gastos subvencionables deberán cumplir lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La persona beneficiaria podrá subcontratar la ejecución total de las acciones objeto de subvención, con los límites señalados en artículo 29 de dicha Ley 38/2003 y en el artículo 68 de su reglamento de desarrollo, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Artículo 2 – Personas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias las personas, físicas o jurídicas, que...

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