ORDEN de 27 de octubre de 2017, de la Consejera de Seguridad, por la que se modifica la composición del Tribunal Médico de segunda actividad.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Seguridad
Rango de LeyOrden

El artículo 7 del Decreto 7/1998, de 27 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos relativos al pase a la situación de segunda actividad de los funcionarios de los Cuerpos de Policía del País Vasco (BOPV n.º 29, de 12 de enero) determina que el Secretario y los miembros del Tribunal Médico serán designados por el Consejero de Interior.

Mediante Orden de 24 de julio de 1998 (BOPV n.º 156, de 19 de agosto), del Consejero de Interior, se nombraron a los miembros del Tribunal Médico y al Secretario de dicho Tribunal.

Por Orden de 28 de febrero de 2000 (BOPV n.º 48, de 9 de marzo), del Consejero de Interior, se modificó la composición del Tribunal Médico para la segunda actividad.

La Orden de 4 de abril de 2003 (BOPV n.º 109, de 4 de junio) del Consejero de Interior, modificó la composición del Tribunal Médico.

Mediante Orden de 25 de noviembre de 2009 (BOPV n.º 22, de 3 de febrero de 2010) del Consejero de Interior, se modificó la composición del Tribunal Médico de segunda actividad.

Por Orden de 15 de junio de 2010, (BOPV n.º 127, de 5 de julio de 2010), del Consejero de Interior, se modificó nuevamente la composición del Tribunal Médico de segunda actividad.

Mediante Orden de 4 de diciembre de 2013, (BOPV n.º 1 de 2 de enero de 2014), de la Consejera de Seguridad, se realizó la última modificación respecto a la composición del Tribunal Médico de segunda actividad.

Como consecuencia de las modificaciones organizativas operadas en la Dirección de Recursos Humanos del Departamento de Seguridad, es preciso modificar el secretario suplente de dicho Tribunal.

En virtud de los establecido en el artículo 7 del Decreto 7/1998, de 27 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos relativos al pase...

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