ORDEN de 24 de septiembre de 2019, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se dispone la ampliación de una emisión de Deuda Pública de Euskadi y la amortización voluntaria mediante canje y abono de efectivo de otras dos emisiones de Deuda Pública de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Hacienda y EconomÍA
Rango de LeyOrden

La Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en su artículo 30, apartado 1, que la emisión de deuda pública será acordada por el Consejo de Gobierno mediante Decreto, a propuesta del Departamento competente en materia de endeudamiento, y en su apartado 3 que corresponde al Consejero de ese Departamento (actualmente, Consejero de Hacienda y Economía) determinar las características de la emisión no señaladas por el Decreto. Asimismo, el artículo 33 establece que el Consejo de Gobierno podrá autorizar y el Departamento competente en materia de endeudamiento concertar, de forma voluntaria para los acreedores, operaciones de amortización anticipada, sustitución, canje, conversión, prórroga, intercambio financiero u otras análogas, cuando por alteraciones en las condiciones de mercado sea posible obtener economías en la carga financiera, su reestructuración en el tiempo o la reducción o diversificación del riesgo.

El Decreto 15/2019, de 5 de febrero, acuerda y autoriza la realización de operaciones de endeudamiento para el ejercicio 2019, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, en régimen de prórroga para 2019, en su artículo 10, apartado 1. La Disposición Adicional del mencionado Decreto establece que corresponde al Consejero de Hacienda y Economía, mediante Orden, publicada, en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores, en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento acordadas y autorizadas en virtud de esa disposición, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma.

Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 17 de septiembre de 2019 se ha autorizado una operación de amortización anticipada...

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