ORDEN de 21 de febrero de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regulan y se convocan, para el ejercicio 2018, las ayudas de apoyo a las empresas pymes fuertemente internacionalizadas. Programa Sakondu.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico e Infraestructuras
Rango de LeyOrden

La internacionalización empresarial no es un concepto nuevo en el País Vasco. Desde los años 80 ha formado parte de los sucesivos planes de industria y de competitividad diseñados por el Gobierno que han contribuido a reforzar la competitividad de la actividad industrial en el País Vasco. En los últimos años la internacionalización de las empresas se ha constituido en un eje de actuación prioritario. Es uno de los pilares del Programa Marco por el Empleo y la Reactivación Económica 2017-2020, y está considerado como uno de los Ejes estratégicos del Plan de Industrialización 2017-2020 vigente.

El momento actual es especialmente propicio para afrontar nuevos horizontes de internacionalización. La economía vasca recuperó en 2016 el nivel de actividad económica de 2008, y el sector industrial empezó a crear empleo neto de nuevo. Las exportaciones han contribuido de forma significativa a esta recuperación, y han sido la tabla de salvación de un número importante de empresas que han descubierto en la actividad internacional nuevos horizontes de crecimiento y competitividad. Las principales economías desarrolladas demuestran que este es un camino sin retorno: cuentan con un tejido empresarial de pymes fuertemente internacionalizadas y refuerzan su apuesta para alcanzar mayores niveles de internacionalización empresarial, principalmente en sus actividades industriales, que impulsen la actividad económica y el empleo.

Por otro lado el crecimiento mundial se desplaza progresivamente a nuevas geografías alejadas del espacio europeo, destino prioritario de la exportación vasca. Las empresas afrontan el reto de definir estrategias de internacionalización para mercados lejanos o de riesgo, lo que en la actualidad supone mayores esfuerzos.

El Gobierno Vasco asume el liderazgo y el reto de apoyar a todas las empresas en su internacionalización. Apuesta tanto por acompañar a las empresas que inician dan primeros pasos en mercados exteriores, como por seguir apoyando a aquellas empresas ya exportadoras que aspiran a dar saltos cualitativos en su alcance global.

Así, el programa Sakondu que tiene como objetivo final promover la mejora de la competitividad de las empresas radicadas en la CAPV a través de la profundización en su actividad internacional.

Los apoyos de Sakondu se instrumentan en subvenciones públicas a fondo perdido, que tratan de promocionar la utilización de servicios de valor añadido en orden a mejorar su penetración en los mercados exteriores en los que su posición competitiva es proporcionalmente más débil que en otros mercados ya considerados por ella como habituales y de tanta o mayor importancia relativa que el mercado interior.

Tratándose de empresas fuertemente internacionalizadas (sus exportaciones superan el 50% de su facturación global) se entiende que la planificación es algo que forma parte de su cultura interna y por lo tanto no se pretende valorar la calidad de su plan estratégico o de internacionalización, sino ponderar más positivamente su ambición internacional y la diversificación geográfica de su actividad, así como sus esfuerzos en mercados de especial dificultad, bien sea por sus escasa transparencia, ausencia de canales de distribución, escasa accesibilidad física o incluso riesgo político.

Cabe destacar el hecho de que las asociaciones sectoriales y organizaciones dinamizadoras de clústers pueden actuar como solicitantes en nombre de las empresas beneficiarias, agrupando las solicitudes de varias de ellas cuando se refieran a un mismo mercado. De esta manera se pretende poner en valor la labor de estas organizaciones en favor de la cooperación interempresarial.

Será de aplicación el régimen de acumulación de subvenciones de minimis con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las subvenciones de minimis.

Y, en virtud de ello,

Artículo 1 – Regular y convocar, para el ejercicio 2018, en los términos que se recogen en el los siguientes artículos, subvenciones para mejorar la competitividad de las empresas radicadas o con instalación productiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la profundización en su internacionalización

Programa Sakondu.

Artículo 2 – Recursos Económicos.
  1. – Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida en el artículo 1 ascienden a la cantidad de 800.000,00 euros, y procederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  2. – El volumen total de las subvenciones a conceder no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente y con carácter previo a la resolución de las mismas. De darse esta circunstancia la misma se haría pública, mediante resolución del Viceconsejero de Industria, en el Boletín Oficial del País Vasco. No procederá la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, inadmitiéndose nuevas solicitudes a partir del momento en que se publique este hecho.

Artículo 3 – Entidades beneficiarias.
  1. – Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias las microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMEs) radicadas o con instalación productiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que cuenten con un Plan estratégico o de internacionalización vigente, cuya actividad exportadora sea superior al 50% de su facturación total y que deseen mejorar su posición competitiva en mercados cuya facturación es inferior al 10% del total exportado.

  2. – Podrán acceder a las subvenciones contempladas en la presente Orden las entidades que se encuentren al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social y que se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

  3. – Para ser beneficiaria de las subvenciones, la empresa solicitante no deberá encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  4. – Quedan excluidas, como beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Orden, las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las que estén sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, así como las empresas en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO C249, 31-07-2014).

  5. – La condición para poder ser beneficiaria habrá de mantenerse durante todo el periodo de vigencia de la subvención.

Artículo 4 – Gastos y Actividad Subvencionables.

Las empresas deberán realizar en el periodo para el que se solicitan, un mínimo de tres tipos diferentes de la siguientes actividades:

  1. – Gastos necesarios para poder operar en el mercado de destino, siempre que la solicitante acredite que la red Internacional de la SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial o, en su caso, la Agencia Vasca de Internacionalización ha declinado ofrecer esos servicios:

    – Estudio de mercado que constará, al menos, de los siguientes apartados: Definición del mercado geográfico y su cuantificación en unidades físicas o monetarias; Identificación de segmentos de mercado...

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