ORDEN de 20 de mayo de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de 32 viviendas sociales, en la unidad de planeamiento 125 del municipio de Portugalete.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Empleo y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyOrden
  1. – El procedimiento de adjudicación de las mencionadas viviendas se regirá por lo previsto en la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos de adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y alojamientos dotacionales de régimen autonómico, tal y como se recoge en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

  2. – Con fecha de 25 de mayo de 2007 el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Portugalete firmaron un Acuerdo de Compromisos para la promoción de vivienda protegida en la unidad de planeamiento 125. Con fecha de 26 de marzo de 2015, el Ayuntamiento de Portugalete solicita al Departamento de Empleo y Políticas Sociales que los empadronados en el municipio de Portugalete con una antigüedad de al menos un año a la fecha de publicación de la presente Orden, tengan prioridad en el procedimiento de adjudicación.

  3. – Mediante resolución de la Delegada Territorial de Vivienda de Bizkaia de fecha 23 de mayo de 2013 se otorgó la calificación provisional de viviendas de protección oficial a la promoción de 32 viviendas sociales, sita en la unidad de planeamiento 125 del municipio de Portugalete, promovida por la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa), bajo el número de expediente EB2-1671/11-EE-000. Del total de viviendas, 2 viviendas de dos dormitorios están adaptadas a personas discapacitadas con movilidad reducida de carácter permanente. El resto de viviendas se dividen en 17 viviendas de dos dormitorios, y, 13 viviendas de tres dormitorios. El régimen de cesión es el de arrendamiento.

  4. – De las viviendas de la promoción 7 serán excluidas del procedimiento de adjudicación para destinarlas a satisfacer las necesidades de realojo del Ayuntamiento de Portugalete, de conformidad con lo previsto por las partes en las cláusulas primera y undécima del Acuerdo de Compromisos anteriormente citado. Las viviendas excluidas en concreto serán las relacionadas en la Calificación Provisional con los números 2-3-4-5-7-9, y, 11.

  5. – Corresponde al Consejero de Empleo y Políticas Sociales dictar la presente orden, conforme a lo previsto en el artículo 48 de la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y alojamientos dotacionales de régimen autonómico.

  6. – Con arreglo a lo previsto en el artículo 18 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, en los casos de acceso a viviendas de protección oficial en primera transmisión, al menos uno de los futuros titulares que...

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