ORDEN de 20 de febrero de 2018, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se aprueba inicialmente el documento de la revisión de las directrices de Ordenación Territorial.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, PlanificaciÓN Territorial y Vivienda
Rango de LeyOrden

El Consejo de Gobierno, en su sesión de 27 de julio de 2015, adoptó el acuerdo de iniciar el procedimiento de revisión de las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante DOT) aprobadas por Decreto 28/1997, de 11 de febrero. Mediante dicho acuerdo se encomienda al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial la dirección y preparación de la revisión otorgándole hasta noviembre de 2015 de plazo para la elaboración del Documento Base, previo al Avance y la elaboración del plan de participación que se integrará en el proceso de revisión. Por otro lado, se otorga hasta noviembre de 2016 de plazo para la formulación del Avance.

El Acuerdo de 27 de julio se publica en el BOPV N.º 157 de 20 de agosto de 2015 por Resolución 36/2015, de 29 de julio, del Director de la Secretaría de Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, y en los periódicos de mayor circulación: El Correo, El Diario Vasco y Berria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, el acuerdo en cuestión se notifica el 2 de septiembre de 2015 a los Ayuntamientos a través EUDEL, la asociación de municipios más representativa, a las Diputaciones Forales y al Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 4/1990, el 5 de julio de 2016, se solicita a los Departamentos del Gobierno Vasco con competencias de proyección territorial, a la Administración del Estado, a las Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos a través de EUDEL, su asociación más representativa, que formulen las previsiones y determinaciones, así como los datos, informaciones y sugerencias que estimen convenientes durante el plazo de 3 meses.

En el marco de dicho proceso de revisión se ha llevado a cabo un importante proceso participativo institucional, concretamente, en las ponencias técnicas creadas a tal efecto en el seno de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco y en el Consejo Asesor de Política Territorial del Gobierno Vasco; y social, tanto en las redes sociales, como presencial con la celebración de talleres de participación social en todas las Áreas Funcionales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Una vez transcurridos los plazos previstos en el artículo 10.4 de la Ley 4/1990, la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, el 15 de febrero, y el Consejo Asesor...

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