ORDEN de 19 de mayo de 2020, de la Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regulan y convocan ayudas COVID-19 al sector turístico vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Turismo, Comercio y Consumo
Rango de LeyOrden

La rápida propagación de la COVID-19 está generando una situación de alerta sanitaria sin precedentes, con un número elevado de personas afectadas que está derivando en una incesante lucha contra su propagación en tanto en cuanto afecta de manera relevante a la salud de las personas.

El Gobierno Vasco, a través de la mesa interdepartamental para afrontar de manera coordinada su actuación ante la crisis generada por la COVID-19, creada el 27 de febrero, y de los diferentes foros interinstitucionales, está realizando una monitorización continua, estableciendo las medidas, recomendaciones y obligaciones para limitar la propagación e incidencia del virus por Euskadi.

Igualmente, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo a través de la empresa pública Basquetour, está monitorizando la situación provocada por la COVID-19 en la industria turística vasca mediante la recogida de datos aportados por el tejido empresarial y el tejido asociativo relativos a la afectación de la pandemia, que permiten realizar una foto dinámica de los efectos de la misma a los diferentes sectores y subsectores de esa industria.

Así, especialmente significativo, en lo que se refiere a la afectación de la pandemia al sector, es el número total de cancelaciones o modificaciones de los viajes programados para este ejercicio 2020, que se acerca prácticamente al total, con una repercusión especial en la actividad de las agencias de viajes. Pero también en el resto de actividades vinculadas a los viajes.

Estas circunstancias se han traducido en una perturbación conjunta de demanda y oferta para la economía española y el sector turístico en particular, que ha afectado a las ventas y actividad de las empresas, generando tensiones de liquidez que podrían derivar en problemas de solvencia y pérdida de empleos si no se adoptan medidas urgentes de estabilización.

Como reacción a esta situación excepcional, las diferentes Administraciones han ido actuando ante ambas crisis, la sanitaria y la económica.

En ese sentido el Programa de Ayudas COVID-19 para el Sector Turístico Vasco, viene a complementar el conjunto de medidas de carácter económico adoptado por las diferentes instituciones, y como tal, es compatible con todas ellas.

Si bien la prioridad del Gobierno Vasco se centra en limitar la propagación de la COVID-19 y en la salud de personas, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, no debe ser ajeno a las consecuencias e incidencia que esta crisis está teniendo en el sector turístico vasco, fuente de empleo y bienestar para el conjunto de la sociedad vasca.

La prioridad absoluta del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, en esta situación de urgencia, en materia económica, radica en proteger y dar soporte al sector turístico vasco para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible un rebote en la actividad. El objetivo es que estos efectos negativos sean transitorios y evitar, en última instancia, que se produzca un impacto más permanente o estructural debido a un círculo vicioso de caídas de demanda.

Si bien la actividad de la industria turística vasca comporta actividades de naturaleza heterogénea y de muy diversa índole (alojamiento, restauración, bares y cafeterías, empresas de turismo activo, agencias de viaje, receptivos, guías, etc.), los actores que lo conforman comparten dos realidades semejantes:

Estructuras empresariales soportadas sobre un tejido micro pyme (cerca del 86% de los establecimientos turísticos cuenta con menos de 5 empleos) y sobre un importante colectivo de autónomos y autónomas (colectivo que representa cerca del 20% del empleo generado en la actividad turística).

La inactividad, o reducción en el volumen de las ventas o pedidos o interrupciones en la cadena de suministro que, entre otros efectos, pueden generar, ahora y en los próximos meses, problemas de liquidez y pérdidas que comprometan su normal funcionamiento y, en algunos casos su viabilidad. Todo ello en un contexto excepcional, sobrevenido y de ámbito global que afecta a través de cierre temporal, así como a la reducción de sus ventas a más de 14.500 establecimientos turísticos.

El Gobierno Vasco en un afán de colaborar con los esfuerzos asumidos por los y las empresarias y las plantillas implicadas en este proceso de lucha contra las consecuencias económicas derivadas de la crisis provocada por la COVID-19, quiere ayudar a consolidar las empresas o sectores de actividad que, pudiendo ser competitivas, ya que tienen producto y mercado, sufren las consecuencias de una situación de carácter totalmente excepcional, sobrevenida y de ámbito global.

Ese esfuerzo del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, se enmarca en una estrategia de apoyo complementaria a las medidas ya implantadas, con un horizonte de actuación en dos tiempos. En este primer tiempo, y con carácter inmediato, se pretende apoyar económicamente la resistencia de las personas físicas y jurídicas que conforman la cadena de valor del sector turístico vasco, afectadas por los ceses de actividad o por bajadas relevantes de su actividad, causadas por la pandemia de la COVID-19.

Por ello, este Programa de ayudas se destina a las y los autónomos, y las micro y pequeñas empresas cuya actividad principal sea la turística, al entender que organizaciones de mayor tamaño tienen mayor capacidad para acceder a otro tipo de ayudas financieras.

A continuación, con carácter posterior a esta fase de resistencia, se buscará acompañar el reencendido del consumo y la actividad turística apoyando al sector económica e institucionalmente.

Así, como complemento a las medidas de liquidez y otras que se puedan desarrollar, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo considera necesario establecer una línea de subvenciones a fondo perdido que ayude a la supervivencia del sector turístico vasco ante las consecuencias inmediatas derivadas de la extensión de la pandemia. Una ayuda que al margen de los costes salariales, en buena medida apoyados a través de otras líneas ya abiertas, dé soporte a otras partidas de gasto corriente que impactan de forma importante sobre las cuentas de explotación del sector turístico. Es el caso de partidas tales como alquileres de locales e instalaciones donde se desarrolla la actividad turística, el coste aprovisionamientos, suministros u otros servicios exteriores, que de forma individual, o de forma agregada, pueden superar o superan dicho coste salarial empresarial.

Desde un punto de vista procedimental y para facilitar los trámites administrativos, con la presente Orden se opta por la tramitación electrónica de los expedientes. Desde la experiencia de gestión con las empresas beneficiarias de los programas que han precedido al presente, se ha constatado que este procedimiento supone un avance en línea con la pretendida ganancia de competitividad de las empresas sin que ello pueda suponer discriminación ni menoscabo alguno.

El presente programa de ayudas cuenta con la existencia de crédito presupuestario suficiente previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que confiere al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo el artículo 5.2 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, el artículo 13.1.a) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el artículo 26 de Ley 7/1981, 30 de junio, sobre Ley de Gobierno y el artículo 51.2 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre,

Y, en virtud de ello,

Artículo 1 – Objeto.
  1. – El objetivo de la presente Orden es establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa al sector turístico vasco, especialmente a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, microempresas y pequeñas empresas, para minimizar el impacto de la COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de la actividad turística.

  2. – De acuerdo con dicho objetivo, esta primera línea de ayudas directas, se orienta a dar apoyo a los gastos operativos y corrientes contraídos por las entidades beneficiarias señaladas en el artículo 3, en situación de facturación nula o muy reducida generada en un contexto sobrevenido de pandemia de la COVID-19.

Artículo 2 – Recursos económicos.

Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior ascienden a la cantidad de 7.500.000,00 euros.

Artículo 3 – Entidades Beneficiarias.
  1. – Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, las micro y pequeñas empresas cuya actividad sea la turística y/o de restauración, con domicilio fiscal y social, así como centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma de Euskadi; y cuya actividad se haya visto suspendida totalmente o reducidos sus ingresos mensuales...

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