ORDEN de 17 de octubre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se modifican los anexos B4 y G de la edición número 6 del Manual de Inspecciones Periódicas de Ascensores.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico y Competitividad
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden de 20 de febrero de 2014 (BOPV de 01-04-2014) se aprobó la edición 6 del Manual de Inspecciones Periódicas de Ascensores, en donde se concretaban las actuaciones a realizar en dichas inspecciones, desarrollando así el Decreto 5/2014, de 28 de enero de 2014 (BOPV 12-02-2014), por el que se estableció el nuevo procedimiento para el mantenimiento de los ascensores y para la realización de las inspecciones periódicas de los mismos.

Dicha orden fijaba en su anexo B el método de inspección con el alcance concreto de las comprobaciones a realizar en las inspecciones periódicas, y en el anexo G recogía el listado resumen con los defectos que pueden detectarse en dichas inspecciones.

En lo que afecta a los aparatos elevadores verticales con velocidad reducida incluidos en la Instrucción Técnica AEM-1 sobre ascensores por el RD 88/2013, BOE de 22-02-2013, se hace necesario determinar con mayor precisión las comprobaciones a realizar en estos aparatos, debido a que la citada Orden solo recogía aspectos muy genéricos. Debe tenerse en cuenta el hecho de que estos elevadores han sido incorporados recientemente al sistema de inspecciones y que pueden presentar configuraciones o soluciones técnicas diferentes al resto de ascensores regulados por la Directiva 95/16/CE de ascensores, así como la falta de normas armonizadas que garanticen, respecto a los diversos tipos de aparatos que pueden presentarse en esta categoría, el cumplimiento de la Directiva 2006/42/CE de máquinas, por la que se rigen estos elevadores.

Esta Orden, modifica el anexo B4 y concreta las comprobaciones a tener en cuenta en los ascensores de velocidad reducida. Asimismo revisa el anexo G para completar el listado resumen de los defectos, incluyendo los correspondientes a estos aparatos.

Para su elaboración se ha contado con la colaboración de las empresas conservadoras de ascensores y de los organismos de control que realizan las inspecciones.

En su virtud, a propuesta de la Dirección de Energía, Minas y Administración...

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